Este documento lo obtiene el exportador en cualquier banco corresponsal del banco Central del Ecuador, en la ventanilla de comercio exterior actualmente este documento ya lo tenemos en forma electrónica.
Tiene una validez indefinida si es que el producto no cuenta con ninguna restricción, de lo contrario su validez es de 15 días a partir de la emisión, además se pueden realizar cambios o modificaciones en su estructura hasta 10 días antes de realizar la exportación.
No se requiere FUE para:
ü Efectos personales, equipaje no acompañado
ü Envíos de socorro por catástrofes naturales o siniestros
ü Féretros y ánforas con restos humanos.
ü Admisión temporal con reexportación en el mismo estado.
ü Mensaje de casa y equipo de trabajo, pudiéndose hacer este tipo exportaciones una vez cada tres años
ü Obsequios no comerciales, cuyo valor FOB no excedan los USD 200.
ü Exportaciones al amparo de la Ley de Inmunidades, Privilegios y Franquicias diplomáticas
ü Exportaciones en envíos de paquetes postales o carga a través de la Empresa Nacional de Correos, empresas privadas, Courier.
RESUMEN
CONCLUSION
El formulario único de exportación es un documento expedido en la ventanilla de comercio exterior del Banco Central, tiene una validez de 15 días y se pueden realizar modificaciones, algunos productos exigen precios referenciales como el cacao y el banano.
RECOMENDACIÓN
El exportador tiene 10 días antes de realizar la exportación para realizar modificaciones, el mismo que debe fijarse si los datos han sido llenados correctamente y si los datos coinciden con los de la factura comercial, para evitar inconvenientes.
FUENTE
http://www.buenastareas.com/ensayos/Formulario-Unico-De-Exportacion/1023229.html
http://www.miliarium.com/paginas/leyes/internacional/Ecuador/Aguas/L147-92.asp
AUTOR
Maribel Guevara H.
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