FIRMA ELECTRONICA

La firma electrónica resulta vital para desarrollar y expandir el comercio electrónico en nuestro país, al dotar de una protección técnica y jurídica a los documentos y transacciones comerciales electrónicas, por la cual  se expidió la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos (Ley No. 67, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 577 de 17 de abril del 2002), con el fin de  regular los mensajes de datos, la firma electrónica, los servicios de certificación, la contratación electrónica y telemática, la prestación de servicios electrónicos, a través de redes de información, incluido el comercio electrónico y la protección a los usuarios de estos sistemas.

La firma electrónica son los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, adjuntados o lógicamente asociados al mismo, y que puedan ser utilizados para identificar al titular de la firma en relación con el mensaje de datos, e indicar que el titular de la firma aprueba y reconoce la información contenida en el mensaje de datos, garantizando

  • Autenticidad: La información del documento y su firma electrónica se corresponden indubitablemente con la persona que ha firmado.
  • Integridad: La información contenida en texto electrónico, no ha sido modificada luego de su firma.
  • No repudio: La persona que ha firmado electrónicamente no puede decir que no lo ha hecho.
  • Confidencialidad: La información contenida ha sido cifrada y por voluntad del emisor, solo permite que el receptor pueda descifrarla.

Hay que tomar en cuenta que una firma electrónica no abarca las firmas manuscritas, digitalizadas ni escaneadas.

Una firma electrónica puede utilizarse para: correos electrónicos, facturas electrónicas, contratos electrónicos, ofertas del Sistema Nacional de Contratación Pública, transacciones electrónicas, trámites tributarios electrónicos o cualquier otro tipo de aplicaciones donde se pueda reemplazar la firma manuscrita y se encuentre facultado para hacerlo dentro del ámbito de su actividad o límites de su uso

Los beneficios que ofrece la firma electrónica son muchos como ahorro de dinero y tiempo, desarrollo de la Sociedad de la Información, del Comercio Electrónico y el eGovernment, desarrollo Banca en Línea,  agilita la tramitología del Estado, protección jurídica, reducción en volumen de papeleo, correo, fax y otros gastos fijos, reducción en tiempos operativos, desmaterialización de valores y documentos

Certificado de Firma Electrónica

Es un documento digital mediante el cual la autoridad de certificación asegura la vinculación entre la identidad del usuario, su clave pública, y privada, la misma que contiene

a) Identificación de la Entidad de Certificación de Información

c) Los datos del titular del certificado que permitan su ubicación e identificación

e) Las fechas de emisión y expiración del certificado;

f) El número único de serie que identifica el certificado

i) Clave pública del titular del certificado

j) Puntos de distribución (URL) para verificación de la CRL

Los certificados digitales deben adquirirse únicamente en dispositivos tipo tokens HSM (Hardware Security Module) para el almacenamiento seguro de dichos certificados.

De conformidad con los requerimientos técnicos y de seguridad informática de la Aduana del Ecuador, en la actualidad se podrán obtener estos tipos de certificados en las dependencias de: 
- Banco Central del Ecuador http://www.eci.bce.ec/web/guest/ ; o 
- Security Data https://www.securitydata.net.ec/

 

COMENTARIO:

Actualmente vivimos en un mundo globalizado, debido a la evolución de la sociedad y por el desarrollo e innovación en el campo de la tecnología, dando lugar a nuevas herramientas informáticas que facilitan las actividades habituales del comercio exterior porque el futuro de las misma está en la RED y es un aspecto positivo que el Ecuador  este incursionando en esta era tecnológica mediante la firma electrónica cuyo objetivo es acreditar quien es el autor y el receptor del mensaje, así como asegurar que la información en él contenida se encuentre intacta y sea confiable. Además de que muchos usuarios, tendrán la oportunidad de realizar sus trámites, documentos y demás, sin necesidad de desplazarse largas distancias para legalizar sus operaciones de manera ágil porque la firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita y será admitida como prueba en juicio. Este escenario permite la expansión del comercio y beneficia al Gobierno ya que funciona como una herramienta eficaz a la administración, haciéndolo al país más transparente  y competitivo en sus procesos. 

Estefany Carolina Olivo Alban

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