El manual sobre la aplicación de facilidades de pago explora el procedimiento mediante los OCE´s se pueden acoger a una facilidad de pago de tributos al momento de realizar una importación. El Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador ha emitido una serie de Procesos documentados que guían el proceder de los OCEs. El Manual Específico para la Aplicación de Facilidades de Pago es aquel procedimiento documentado que permite conocer cada una de las consideraciones que sustentan el otorgamiento de facilidades de pago a importadores de bienes de capital bajo régimen de consumo y que han hecho la solicitud respectiva.

La aplicación, cumplimiento y realización es responsabilidad de los importadores, agentes de aduana, directores distritales, directores de Despacho, directores de Despacho y Control de Zona Primaria, director de Autorizaciones y Expedientes OCES, técnicos operadores del área de Aforo, abogados aduaneros de la Dirección de Autorizaciones y Expedientes OCES.

El importador por sí mismo, o a través de su agente de aduana, debe transmitir la DAI llenando, en el campo tipo de pago, la opción facilidades de pago para que el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Ecuapass) pueda asociar la declaración sujeta a facilidades de pago y no genere el pago de liquidación de tributos al momento de la aceptación electrónica de la Declaración Aduanera de Importación (DAI).

Para comprender de mejor forma el tema, se cree conveniente considerar ciertas definiciones:

  • Formas de pago:
    DEFINICIÓN 1: 
    Si se habla de un intercambio comercial, a las formas de pago se las entiende como los diferentes acuerdos entre comprador y vendedor para determinar el momento del pago de la mercadería o servicio. En el comercio internacional se cuenta con varias formas para realizar o recibir los pagos internacionales de las mercancías. Los INCOTERMS son parte fundamental para poder determinar cual es para la empresa las formas de pago internacional que vaya aplicar, ya que dichos INCOTERMS definen cuales son las obligaciones y derechos de los importadores y exportadores.


De igual forma a la hora de pagar los tributos al comercio exterior existen diferentes modalidades y tiempos de pago que puede realizar el OCE (Operador de comercio exterior)

  • Facilidades de pago:
    DEFINICIÓN 2: 
    Un acuerdo de pago es la posibilidad que tiene el deudor de realizar el pago de los dineros adeudados por concepto de impuestos de timbre, de renta y complementarios, sobre las ventas y la retención en la fuente, o cualquier otro impuesto administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, así como para la cancelación de los intereses y demás sanciones a que haya lugar. (Rico,s.f.)

 
Importante considerar que de acuerdo a lo que estipula “RESOLUCIÓN No. SENAE­SENAE­2020­0052­RE (REFORMA RESOLUCIÓN No. SENAE­SENAE­2019­0048­RE DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA OTORGAR FACILIDADES DE PAGO)”, la concesión de facilidades de pago se entenderá condicionada al cumplimiento estricto de los pagos de las cuotas mensuales. Si no se efectúa el pago de una cuota hasta el día hábil anterior a la fecha de exigibilidad de la siguiente cuota, se revocará las facilidades de pago.


En  el artículo 116 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, en el que se establece: “(…) Se podrán conceder facilidades para el pago de todos los tributos al comercio exterior para la importación de bienes de capital, conforme las disposiciones del Código Tributario. Se podrán conceder facilidades para el pago de los tributos al comercio exterior, intereses y recargos que hayan sido determinados en un control posterior, conforme las disposiciones del Código Tributario. Del mismo modo, se podrá conceder facilidades de pago dentro de los procedimientos de ejecución coactiva, así como para el cobro de multas (…)”.

 


MANUAL ESPECÍFICO PARA LA APLICACIÓN DE FACILIDADES DE PAGO
SENAE-MEE-2-2-022-V2
ENERO 2014
  

9291134270?profile=RESIZE_710x
• Permite que el importador pueda financiar el pago de los tributos de forma más conveniente.
• Para el importador, se puede volver una desventaja ya que gracias al interés que se aplica, el pago de los tributos aumenta.
• Pero como desventaja para la Aduana y el Estado, existe ralentización de cobro de tributos
• Como ventaja para la Aduana y el Estado, se obtiene mayores ingresos gracias a los intereses que pague el OCE.

Propuestas:

  • Se propone gestionar un control más exhaustivo del proceso detallando de forma clara lo que deben realizar los OCEs para poder conseguir dichas facilidades de pago.
  • En el manual se debe detallar las leyes que respalden a las facilidades de pago como por ejemplo: Recordar a los OCEs que deben cumplir con las disposiciones y requisitos estipulados en la Resolución establecida en el COPCI, ya que en el mismo artículo se establece que “El saldo será cancelado en cuotas mensuales, con sus respectivos intereses, en un plazo no mayor a 2 años, de acuerdo a lo establecido en el artículo 153 del Código Tributario. Si el importador incumpliere con el pago de tres mensualidades consecutivas, la Autoridad Aduanera iniciará el cobro por la vía coactiva sin perjuicio del derecho de prenda, establecido en el Art. 173 del COPCI.”
  • Importante dar a conocer que existen este tipo de procedimientos a los OCEs pro medio de publicidad, ya que es probable que mucha gente no tenga conocimiento de este tipo de facilidades.
  • Capacitar a los importadores para que tengan en cuenta los distintos requisitos que deben cumplir para acceder a dichas facilidades.
  • En base al análisis del proceso de facilitación de pago, se puede mejorar la parte informativa del proceso, es decir un detalle más claro y puntual de los requisitos, pasos e implicaciones que debe realizar o tomar en cuenta el OCE para una correcta ejecución del proceso ya que el desconocimiento puede generar que en la mitad del proceso el importador desista de solicitar dicha facilitación y esto conlleva una irrupción en el proceso y desperdicio de recursos.
    Adicionalmente, respecto específicamente al manual, sería mejor que se citara la base legal que sustenta este proceso y las consideraciones respectivas y no solo se las mencione ya que no todas las personas involucradas en el comercio exterior tienen dominio de la legislación y/o conocen como buscar dicha información.
    El éxito de este tipo de procedimiento es que la ciudadanía esté informada y comprenda en su totalidad su funcionamiento para poder aprovecharlo.

 

Actualización del Manual

9291255887?profile=RESIZE_710x

Los usuarios pueden solicitar facilidades para el pago de tributos al comercio exterior en la importación de bienes de capital; tributos al comercio exterior, intereses y recargos determinados en un control posterior; deudas en procesos coactivos y multas.

Se podrán conceder facilidades para el pago de todos los tributos al comercio exterior para la importación de bienes de capital, conforme las disposiciones del Código Tributario. Se podrán conceder facilidades para el pago de los tributos al comercio exterior, intereses y recargos que hayan sido determinados en un control posterior, conforme las disposiciones del Código Tributario. Del mismo modo, se podrá conceder facilidades de pago dentro de los procedimientos de ejecución coactiva, así como para el cobro de multas. La autoliquidación autorizada para el pago, la liquidación complementaria efectuada como consecuencia del acto de aforo y la rectificación de tributos, serán título ejecutivo y suficiente para ejercer la acción de cobro a través del procedimiento coactivo.

En las notas de crédito que deba emitir el Servicio Nacional de Aduanas, como consecuencia de créditos a favor del sujeto pasivo, de acuerdo con lo prescrito en el reglamento a este Código y los procedimientos establecidos por la autoridad aduanera, se incluirán todos los tributos al comercio exterior y los respectivos intereses que se generen legalmente. También se podrán devolver los gravámenes económicos de naturaleza comercial que se recarguen a las importaciones o exportaciones, por medidas de defensa comercial adoptadas por el Gobierno nacional.

El plazo para conceder facilidades de pago será de hasta veinte y cuatro (24) meses, salvo aquellos casos especiales en que se podrá autorizar hasta 48 meses, excepto en el caso de las multas.

El procedimiento en cuanto a solicitudes de facilidades de pago para la importación de bienes de capital.

1.Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos  > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Solicitud de facilidad de pago de bienes de capital.

2.Registrar la solicitud electrónica de facilidad de pago.

3. Firmar electrónicamente la solicitud de facilidad de pago.

4. Transmitir la declaración aduanera de importación a consumo con tipo de pago “Facilidad de pago” una vez que la solicitud de facilidad de pago cuente con estado “Procesada”.

5. Registrar la garantía aduanera ingresando al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos  > 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Solicitud de aprobación de garantía. (una vez que la cuota de entrada se encuentre con estado “Pagada”)

El procedimiento en cuanto a solicitudes de facilidades para el pago de tributos al comercio exterior, intereses y recargos determinados en un control posterior; deudas en procesos coactivos y multas.

1. Ingresar al sistema informático Ecuapass: Si el solicitante tiene cuenta en Ecuapass, dirigirse a la Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos> 1.1.2 Formulario de solicitud categoría > Solicitud de facilidades de pago para obligaciones pendientes.  Si el solicitante no posee cuenta en Ecuapass deberá acceder al navegador de Internet y registrar la dirección https://ecuapass.aduana.gob.ec. Al visualizarse el portal externo del Ecuapass, dar clic sobre el acceso directo opción “1.11 Solicitud de facilidades de pago por obligaciones pendientes”.

2.Registrar la solicitud electrónica de facilidad de pago. 

3. Firmar la solicitud de facilidad de pago.

4. Presentar físicamente en la Dirección Distrital competente la garantía aduanera específica (únicamente para los casos de solicitudes con plazo mayor a 24 meses)

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

 

 Conclusión:

  • La modalidad que se elija dependerá del conocimiento que se tenga del comprador o vendedor, del tamaño y de la frecuencia de las operaciones.
  • La facilidad de pago como mecanismo de recaudo tiene como ventaja principal, la recuperación del crédito fiscal sin obstaculizar la actividad económica del contribuyente deudor, facilitando la permanencia en el mercado de empresas que eventualmente desaparecerían. 
  • Es indispensable el control efectuado sobre el cumplimiento del pago de las cuotas pactadas en la facilidad.


Recomendación:

  • En general, los compradores tienden a priorizar los medios de pago más baratos y sencillos.En otras palabras, cualquiera que ayude a reducir costes. 
  • Otra prioridad para los importadores a la hora de escoger una forma de pago internacional es asegurarse de que reciben las mercancías especificadas en el contrato de compraventa internacional.
  • El importador podrá realizar su solicitud dentro del término de 20 días desde que es exigible el pago de tributos, sin perjuicio del cobro de intereses que corresponda hasta la fecha de presentación de la petición. Una vez recibida la solicitud por parte de la Administración y hasta que se realice la notificación del acto administrativo que resuelve la misma, se suspenderá la contabilización de los días para que opere el abandono tácito.
  • Se debe tener constante capacitación para los operadores de comercio exterior y personas interesadas en realizar trámites de importación que no conozcan de las facilidades a las que pueden acceder, además de mantener al operador técnico informado sobre el estado de la solicitud desde el momento en que se envía hasta que se aprueba.

  • La Aduana del Ecuador, desde el punto de vista del funcionario de control, deberá asegurar la correcta realización de procedimientos para evitar los posibles riesgos que se tienen en el otorgamiento de facilidades de pago a un sujeto solicitante. Esto lo puede hacer solo si conoce a profundidad la documentación guía y si realiza la correcta revisión de información presentada junto a la Declaración Aduanera de Importación.

Referencias:

Sabine Pico V.

 

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales