FACILIDADES DE PAGO -ADUANA

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  • De acuerdo al Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, artículo 4, las facilidades de pago de los tributos al comercio exterior son aplicadas únicamente en importaciones de bienes de capital realizadas para incrementar el activo fijo del importador directo de los bienes.

  • Para aplicar la solicitud de Facilidades de Pago, el usuario deberá:
    • Registrar la solicitud de facilidades de pago..
    • Debe realizar el pago de la liquidación por un valor no menor al 20% de los tributos causados.
    • Cumplir con las disposiciones y requisitos estipulados en la Resolución No. SENAE-DGN-2013-0010-RE (revisar aquí) de fecha 10 de enero de 2013.

  • Para mayor información revisar SENAE-MEE-2-2-022-V2 Manual Específico para la aplicación de facilidades de pago en la siguiente ruta: http://www.aduana.gob.ec > Procedimientos > Para OCEs > Despacho – Importación > Facilidades de Pago > Manuales y Guías > Para la aplicación de facilidades de pago

COMENTARIO 

Para una correcta forma de pago a los tributos de una impórtacion es necesario seguir los siguientes pasos, para poderacceder a estas facilidades de pago en la SENAE 

FUENTE: http://www.aduana.gob.ec/news/facilidades_pago.action

GABRIELA FERNANDA LOPEZ 

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