Introducción

Debido al mayor uso del e-commerce en los emprendimientos, en Ecuador se ha visto en la necesidad de generar normas jurídicas y leyes que regulen el uso de esta herramienta, mejor conocido como Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, en donde se explican las causas por las cuales una firma electrónica dejaría de tener vigencia

Desarrollo

Extinción de la Firma Electrónica.

Según el Art.19, la firma electrónica se extinguirá por:

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Mientras que según el Art. 24, la extinción del certificado de la firma electrónica se extinguirá por:

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Esta extinción se producirá desde el momento de la comunicación a la entidad de certificación de información, excepto cuando el titular muere, ya que el certificado se extingue a partir de que acaece el fallecimiento, cuando los titulares fueren secuestrados o se encuentren desaparecidos la extinción se dará a partir de la denuncia a las autoridades competentes.

Suspensión del certificado de la firma electrónica

La entidad de certificación de información puede suspender el certificado cuando:

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La suspensión temporal deberá ser inmediatamente notificada al titular del certificado y al organismo de control, señalando las causas de la suspensión.

La entidad de certificación de información deberá levantar la suspensión temporal después de que se hayan solucionado las causas que la originaron.

Revocatoria del certificado de la firma electrónica

Podrá ser revocado por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones, en los siguientes casos, según el Art.26:

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Conclusión

Cualquier persona ya sea natural o jurídica debe cumplir con todos los requisitos y leyes para evitar la suspensión o la revocatoria del certificado de la firma electrónica, y en el caso de haber incurrido en alguna falta, tratar de solucionarla lo más pronto posible

Recomendación

Las entidades que ofrecen los servicios del certificado de firma electrónica, deberían otorgar una información más detallada y fácil de comprender hacia los usuarios para evitar de esa forma cualquier problema que termine en una revocatoria, suspensión o extinción de la firma electrónica

Referencias

Congreso Nacional. (17 de 04 de 2002). LEY DE COMERCIO ELECTRONICO, FIRMAS Y MENSAJES DE DATOS. Obtenido de https://www.telecomunicaciones.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/Ley-de-Comercio-Electronico-Firmas-y-Mensajes-de-Datos.pdf

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