Introducción
El certificado de firma electrónica es un documento electrónico expedido por una institución acreditada para ese fin (Banco Central, Security Data), que identifica a una persona (física o jurídica) con dos claves, la pública y la privada. Su función es validar y certificar que una firma electrónica corresponde a una persona o entidad concreta, de está forma todos los e-docs que sean firmados tendrán la misma validez que un documento físico firmado de forma manuscrita.
Desarrollo
La extinción del certificado de firma electrónica se producirá desde el momento de su comunicación a la entidad de certificación de información, excepto en el caso de fallecimiento del titular de la firma electrónica, en cuyo caso se extingue a partir de que acaece el fallecimiento.
Tratándose de personas secuestradas o desaparecidas, se extingue a partir de que se denuncie ante las autoridades competentes tal secuestro o desaparición.
Conclusión
La extinción del certificado de firma electrónica no exime a su titular de las obligaciones previamente contraídas derivadas de su uso, por lo que es de vital importancia tener control total de todos los documentos que se firmen bajo esta modalidad.
Recomendación
Es recomendable tener en cuenta el tiempo de validez del certificado de firma electrónica a fin de evitar contratiempos por el tiempo de renovación del certificado.
Fuente
Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos. https://www.telecomunicaciones.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/11/Ley-de-Comercio-Electronico-Firmas-y-Mensajes-de-Datos.pdf
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