Exportaciones en el nuevo sistema Ecuapass

DECLARACION ADUANERA DE EXPORTACION

Es un formulario en el que se registraran las exportaciones.

 La Exportación se debe presentar en el distrito aduanero donde se formaliza la exportación junto con los documentos de acompañamiento y soporte que sean necesarios para dicha exportación –

 

Con la implementación del nuevo sistema ECUAPASS para el proceso de Exportación se elimina la Orden de Embarque (15) , solo deberá realizarse la Declaración Aduanera de Exportación (DAE 40)

 

Con el sistema SICE la Declaración de Exportación se presentaba después de la salida de las mercancías del aeropuerto o puerto. La DAE con el sistema ECUAPASS establece que el primer paso para realizar la Declaración de Exportación es la presentación de la DAE.

 

 Con el Anterior sistema no se llevaba a cabo el aforo de la Mercancía que sería exportada, Con el Sistema ECUAPASS una vez que la mercancía haya ingresado al Depósito temporal se procederá al Aforo de la Mercancía.

 

La presentación del Manifiesto era el paso siguiente en el sistema SICE después de salida la mercancía, con el sistema ECUAPASS Luego del Aforo respectivo se procede a la Salida de la Mercancía y por paso Final se realiza la presentación del Manifiesto.

 

 

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