EXPORTACIÓN DEFINITIVA DE CARGA SECA O GENERAL

DESARROLLO.

  1. ¿Qué es un Régimen Aduanero Definitivo de Exportación?

Según el Capítulo VII REGÍMENES ADUANEROS SECCIÓN, Sección II. REGÍMENES DE EXPORTACIÓN, Art. 154 del COPCI, se define a la Exportación Definitiva como el régimen aduanero (40) que permite la salida definitiva de mercancías en libre circulación, fuera del territorio aduanero comunitario o a una Zona Especial de Desarrollo Económico ubicada dentro del territorio aduanero ecuatoriano, con sujeción a las disposiciones establecidas en el presente Código y en las demás normas aplicables.

Por su parte, el régimen aduanero es el tratamiento aplicable a las mercancías, solicitado por el declarante, de acuerdo a la legislación aduanera vigente.

  1. ¿Qué es la Carga General?

Es aquella que se presenta en estado sólido, líquido o gaseoso, y que, estando embalada o sin embalar, puede ser tratada como unidad. Los productos que se clasifican como carga general deben cumplir conciertos requisitos: no representar un riesgo para la salud, no atentar contra la seguridad de quienes la manejan y del medio ambiente, así como no contar con un tiempo definido de vida (bienes no perecederos); es decir, que no requieran de un tratamiento diferenciado o de un manejo especial.

La carga general se transporta en embalajes cuya forma, peso y dimensiones, se ajustan a las características propias de ésta. Algunas mercancías de este tipo son: computadoras, zapatos, artículos de piel, ropa, telas, manufacturas en general, documentos, enseres personales, etc. De igual forma, la carga general se puede sub clasificar en:

  • Carga General Fraccionada: Consiste en bienes sueltos o individuales como: paquetes, sacos y cajas, entre otros.
  • Carga General Unitarizada: Está compuesta de artículos individuales agrupados en unidades como pallets o contenedores.
  1. Consideraciones Del Tipo De Carga Para El Régimen 40 “Exportación Definitiva”

En el campo B22 “Tipo de carga” de la Declaración Aduanera de Exportación y en el casillero “Tipo de carga” del Documento de Transporte (que corresponda), deben tomar en consideración la naturaleza de las mercancías y su tipo de embalaje.

Cuando la mercancía corresponda a un exportador y su salida sea en un contenedor en el sistema Ecuapass al momento de realizar la transmisión electrónica en la pestaña tipo de carga se debe seleccionar carga Contenerizada. Si se trata de cantidades pequeñas que ingresan a zona primaria para ser consolidadas dentro del puerto en un contenedor con cargas de uno o varios exportadores se las denominan carga suelta y en el campo tipo de carga (B. 22) debe escoger carga suelta.

  1. Operatividad Del Régimen 40 “Exportación Definitiva”

Para el proceso de exportación es necesario realizar reserva de espacio con una aerolínea o línea naviera, luego generar la trasmisión o el envío electrónico de la declaración Aduanera del Ecuador, este documento debe contener los siguientes datos:

  • Información del Exportador o declarante
  • Descripción de la mercancía por ítem de la factura
  • Datos del Consignante o Destinatario
  • Destino de la Carga
  • Cantidad
  • Peso 

  1. Documentos De Acompañamiento Para Realizar Una Exportación Definitiva

Se encuentran los siguientes:

  • Factura Comercial
  • Conocimiento de Embarque (Bill of Lading) o Guía Aérea (Air Way Bill), (dependiendo del tipo y modalidad de transporte)
  • DAE
  • Autorizaciones Previas cuando el producto lo requiera (certificado sanitario, fitosanitario, zoosanitario, etc.)
  • Certificado de Origen

 

  1. Declaración aduanera de exportación definitiva régimen 40

Es un documento electrónico mediante el cual, el SENAE autoriza al exportador realizar exportaciones de la mercancía que cualquier persona desee realizar fuera del territorio ecuatoriano, siempre y cuando se encuentre registrado como exportador.

La DAE es presentada electrónicamente junto con los documentos de soporte y de acompañamiento en el distrito aduanero donde se legaliza la exportación. La transmisión de la misma puede ser realizada a través del software del declarante sea este el exportador o el agente de aduana mediante el portal del sistema informático del SENAE llamado Ecuapass, el envío electrónico de la DAE puede ser realizado las 24 horas del día, los 365 días del año; sin embargo, la atención de las mismas es realizada en horarios establecidos para el efecto por el Director General o su delegado. 

  1. Estados de la declaración de exportación definitiva régimen 40

Asignación de canal de aforo: es asignado previo al ingreso de la mercancía a zona primaria. Luego que se registra el primer ingreso, el sistema envía una notificación con el canal del aforo al exportador y de ser automático, el estado cambia el estado a receptada.

  • Receptada: Es asignado luego de que la DAE ha sido derivada al buzón del aforador encargado de realizar el aforo de la DAE, ya sea documental o físico. Proceso de aforo: es asignado cuando el aforador se encuentra revisando el trámite, ya sea de manera física, documental o ambas.
  • Observada: es asignado cuando se encuentran novedades en el aforo que el exportador debe subsanar.
  • Salida autorizada: es asignado cuando el canal de aforo de la DAE es automático o el aforo físico o documental ha sido cerrado por el aforador. Este estado indica que la carga tiene autorización de parte de aduana para ser embarcada.
  • Carga No Exportada: es asignado cuando la DAE consta con registros de informes de salida de exportación por concepto de carga no exportada por el total de la mercancía no declarada.

CONCLUSIÓN

Es importante identificar la categoría a la que pertenece la mercancía a exportar, ya que en función de eso se establecerán procedimientos específicos a seguir, al igual que tendrá incidencia en los costos del transporte.

RECOMENDACIÓN

Se debe tener completo conocimiento del proceso de exportación definitiva, tomando en consideración el tipo de mercancía, el país objetivo, documentos necesarios (soporte o acompañamiento), incoterms, contrato de compra-venta internacional, entre otros componentes más. En caso de no disponer de esa información, se recomienda buscar los manuales de exportación proporcionados por la Aduana, PROEcuador, o en su defecto, asesoría directa a los Operadores de Comercio Exterior que correspondan.

FUENTES

AUTORA

Alisson Tamayo Salazar

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