"Explora la Elegancia Sostenible: Bolsas de Algodón con Estilo y su Clasificación Arancelaria Garantizada."

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Descripción del producto

Las bolsas de algodón son accesorios populares y respetuosos con el medio ambiente que están fabricados principalmente con algodón, una fibra natural derivada de la planta de algodón. Su atractivo radica en la sostenibilidad inherente del algodón, ya que se trata de una fibra renovable y biodegradable. La durabilidad del algodón permite que estas bolsas sean reutilizables en numerosas ocasiones, reduciendo así la dependencia de las bolsas de plástico de un solo uso y contribuyendo a la disminución de residuos.

Además de su compromiso con la sostenibilidad, las bolsas de algodón destacan por su versatilidad. Pueden ser utilizadas para una amplia gama de propósitos, desde transportar comestibles hasta llevar libros o ropa. Muchas veces, estas bolsas también se emplean como herramientas promocionales o de marketing, ya que ofrecen una superficie fácilmente personalizable con estampados, logotipos o mensajes personalizados.

Partida arancelaria

Al determinar la partida arancelaria adecuada, es esencial aplicar las reglas generales de interpretación de la Nomenclatura Arancelaria. En este escenario, hemos seguido las siguientes reglas generales que orienta el proceso de clasificación.Principio del formulario

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas). 

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario…”

Con aplicación de las reglas generales se determinó que el producto pertenece al:

Sección Xl Materias Textiles Y Sus Manufacturas

Capítulo 63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos

Partida 63.05 Sacos (bolsas) y talegas, para envasar.

Subpartida 6305.20.00.00 - De algodón

Información arancelaria

Ad Valorem:       

10%

IVA:                                 

12% 

Fodinfa:                          

0.5%

Arancel Específico:         

USD 5,5 por kilogramo

Restricciones: No aplica

Prohibiciones: Corea del Norte

Conclusión: 

Aplicando las Reglas Generales Interpretativas para la clasificación arancelaria, se determina que las bolsas de algodón pertenecen a la SECCIÓN XI: MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS, específicamente en el Capítulo 63, que aborda los demás artículos textiles confeccionados, juegos, prendería y trapos. Dentro de este capítulo, la Partida 63.05 se asigna a los sacos (bolsas) y talegas para envasar. La Subpartida 6305.20.00.00, en particular, se identifica con las bolsas de algodón.

Esta clasificación arancelaria ofrece una ubicación precisa en el sistema arancelario, permitiendo la aplicación adecuada de impuestos y aranceles, así como brindando claridad sobre la naturaleza del producto para los procedimientos de gestión aduanera. Al referirse a estas disposiciones específicas, se simplifica la identificación y clasificación de las bolsas de algodón en el marco legal y normativo correspondiente. Este proceso asegura una gestión eficiente y transparente en el ámbito aduanero, facilitando el comercio internacional de estos productos textiles.

Recomendación: 

Para asegurar una correcta clasificación arancelaria de las bolsas de algodón, se recomienda seguir meticulosamente las Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura arancelaria, enfocándose en las características esenciales del producto, como el material principal y su función específica. Se sugiere examinar detenidamente la Sección XI y el Capítulo 63, con especial atención a la Partida 63.05 y la Subpartida 6305.20.00.00, que identifica las bolsas de algodón. En casos de duda, se aconseja buscar asesoramiento profesional o consultar a las autoridades aduaneras locales para garantizar una clasificación precisa y cumplir adecuadamente con las obligaciones arancelarias.

Fuentes de consulta

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (2017) https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

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