Descripción del producto

La esponja es un producto de limpieza compuesto por finas hebras de cobre entrelazadas y comprimidas en forma de almohadilla. Se utiliza principalmente para eliminar suciedad difícil, óxido, manchas y residuos de superficies metálicas, cerámicas y otras superficies duras.

Uso:

Su material constitutivo es cobre.

Es de fácil uso ya que cuenta con características que hacen referencia a su largo cabello Características específicas:

Tamaño : 6,8 x 9.4 x 7,2

Material : Cobre

 

Criterios arancelarios a aplicar

Reglas generales interpretativas

La clasificación arancelaria de las mercancías se rige por los principios contenidos en las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado. Para poder saber cuales son las reglas a aplicar hay que saber cuál es la composición de la mercancía a clasificar y además, conocer el arancel del Ecuador para analizar a qué capítulo corresponde el producto. 

Regla General Interpretativa 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

Regla General Interpretativa 6

La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.:”

 

Aplicando las reglas podemos entender que el material constitutivo de en este caso de las esponjas es el cobre por lo que el capítulo en el que se tiene que centrar el análisis es en el 74 que habla sobre el cobre y sus manufacturas.

A partir de aquí la partida  a elegir es la 74.18 en donde se mencionan las demás manufacturas moldeadas de fundición, hierro o acero.

Aplicando el concepto de la regla 6 concluimos que, la partida 74.18 se encuentra desglosada en varias subpartidas, es aquí en donde se define tras comparar las partidas a la subpartida 7418.10.10.00 como la correcta para el producto, ya que es la que mejor se adapta a las características y el uso del producto.

 

NOTAS EXPLICATIVAS

Nota explicativa de la partida 74,18

Las demás manufacturas moldeadas de fundición, hierro o acero.

Las disposiciones de las Notas Explicativas de las partidas 73.21, 73.23 y 73.24 son aplicables mutatis mutandis a las manufacturas de esta partida. Esta partida comprende, entre otros, los aparatos de cocción o calentamiento, de cobre, del tipo de los utilizados para uso doméstico, por ejemplo, los aparatos de pequeñas dimensiones utilizados normalmente para viajar, acampar, etc., y para ciertos usos domésticos, tales como hornillas de gasolina, de petróleo, de alcohol y combustibles similares,. También comprende los aparatos de uso doméstico del tipo de los descritos en la Nota Explicativa de la partida.

Artículos de uso doméstico, higiene o tocador, y sus partes, de cobre; esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos, de cobre.

Tributos arancelarios

Ad valorem

30%

Fodinfa

0,5%

IVA

12%

 

Posición  Arancelaria

 

Sección XV

Metales comunes y manufacturas de estos metales

Capítulo 74

Manufacturas de fundición, hierro o acero

Partida 74.18

Cobre y sus manufacturas

Subpartida 7418101000 

- - Esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos 

 

Restricciones

Este producto no cuenta con restricciones según la página del SENAE.

 

Conclusión

Después de haber analizado el uso, características y saber la composición de las esponjas se logró realizar la clasificación arancelaria y con ello se llegó a la conclusión que este producto se puede clasificar en la subpartida  7418.10.10.00.  También para la clasificación arancelaria del producto se empleó las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, y así de manera clara poder identificar la clasificación con la ayuda de las notas explicativas de la sección, de capítulo y de partidas del arancel.

Recomendación

Siempre que se pretenda realizar una importación de cualquier clase de mercancías es importante acudir a un profesional en materia aduanera, de comercio exterior y/o de clasificación arancelaria, para verificar si las mismas requieren alguna clase de licencia, si tiene alguna prohibición para su ingreso al país y para conocer sus tasas arancelarias, se debe usar todas las herramientas disponibles en tema de clasificación arancelaria para determinar una correcta subpartida y hacer una correcta declaración, esto puede evitar demoras o inclusive multas de parte de la autoridad aduanera ecuatoriana (SENAE).

Referencias

RESOLUCIÓN No. 020-2017. República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf 

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/<

 

 

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