Descripciónil_794xN.1660783592_a4e0.jpgEspejo de madera tallado a mano estilo cuzqueño, "Concha Dorado". Este marco de manera está bañado en pan de bronce. Elaborado con madera de azobé para darle un corte de mayor durabilidad y resistencia.

Medidas:

  • Ancho: 21.5 pulgadas
  • Alto: 29.1 pulgadas
  • Fondo: 2.4 pulgadas

Para clasificar el marco de madera para espejo, en primer lugar, se debe determinar a qué sección y capítulo pertenece. Sabemos que el material del marco es de madera, por tanto, se buscarán las secciones y capítulos que abarquen este material. Conociendo entonces lo principal del producto, podemos entonces determinar su posible sección y por ende capítulo, recordemos que para ello nos vamos de la mano de acuerdo con la Regla General Interpretativa 1;

  1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

De acuerdo con la RGI 1, podemos determinar que la sección a la que pertenece es la Sección IX, cuyo capítulo sería entonces el 44, siendo la única sección y capítulo que abarca la madera y sus manufacturas como tal.

Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería

Capítulo 44:

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera

Una vez hallado el capítulo, hay que determinar la partida.

Dentro del capítulo 44 se trata la madera de todo tipo, en tablas, aserrín y demás, sin embargo, el marco para espejo es una manufactura que ha pasado por un grado de elaboración habiendo tallado, barniz conservación de la madera por lo que descartamos las partidas que van desde la 44.01 hasta la 44.013

Ahora para seleccionar la respectiva partida y por ende subpartida, leamos que nos dice la RGI 2, respecto a esto;

  1. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario

Antes de determinar su subpartida, es necesario tomar en cuenta si existen notas de capítulo que afecten la clasificación de la mercancía.

En este capítulo solamente encontramos el siguiente:

  • En las partidas 44.14 a 44.21, los artículos de tableros de partículas o tableros similares, de tableros de fibra, de madera estratificada o de madera densificada, se asimilan a los artículos correspondientes de madera.

Las Notas Explicativas de la partida determinan lo siguiente:

Esta partida comprende los marcos de madera de cualquier forma y de cualquier dimensión, que se obtienen con listones o molduras ensambladas, o bien de una sola pieza a partir de madera tallada en la masa. Los marcos de esta partida pueden ser de marquetería o de taracea.

Los artículos clasificados en esta partida pueden fabricarse con madera ordinaria (natural), o con tableros de partículas o similares, tableros de fibra, madera contrachapada o estratificada similar, o con madera densificada (véase la Nota 3 de este Capítulo).

Esta partida también comprende los marcos simplemente provistos de un vidrio o de un respaldo o soporte. También se clasifican en esta partida las estampas, grabados o fotografías que se presenten con un marco de madera, cuando el marco confiera su carácter esencial al conjunto; en otro caso, estos artículos se clasificarán en la partida 49.11.

 Asimismo, se excluyen los espejos enmarcados (partida 70.09).

Respecto de los cuadros, pinturas, dibujos, pasteles, “collages” y cuadros similares, así como de los grabados, estampas y litografías originales enmarcados, véase la Nota 5 del Capítulo 97 y las Notas Explicativas de las partidas 97.01 y 97.02 para determinar si el artículo enmarcado debe clasificarse en conjunto o si el marco debe clasificarse separadamente.

Ahora, en esta clasificación si se deben considerar el tipo de madera que está compuesta, se debe hacer revisión de la tabla dentro de las notas explicativas en la parte de Anexos del capítulo. El tipo de madera del que está fabricado el marco es Azobé, una madera de alta durabilidad y resistencia.

Una vez leída las Notas del Capítulos, las Notas Explicativas, tenemos lo siguiente:

Partida 44.14:

Marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos u objetos similares

Subpartida 4414.10.00.00:

- De maderas tropicales

Código de Unidad Física: Metro cúbico real

Tributos fijos para la mercancía

AD VALOREM:               20%

IVA:                                   12%

FONDINFA:                     0,5%

Prohibiciones

Tiene restricción de tipo prohibición cuando el país de origen es La República de Corea.

Conclusiones:

El marco para espejo de madera se clasifica de la siguiente manera:

  • Sección IX

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería

  • Capítulo 44:

Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera

  • Partida 44.14:

Marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos u objetos similares

  • Subpartida 4414.10.00.00:

- De maderas tropicales

Recomendaciones:

  • Revisar todos las secciones y capítulos que pudiesen abarcar a la mercancía y luego a través de la descripción, las notas de capítulo se deben ir descartando a aquellos cuyo no cumplan con lo estipulado.
  • Se recomienda revisar siempre las notas explicativas, ya que estas dan de manera explícita todo aquello que abarca el capítulo, ayudando así a determinar si el producto es realmente correspondiente a esa subpartida.
  • Trabajar con las versiones actualizadas de la Nomenclatura Arancelaria, ya que se puede estar sujeto a errores al tomar una versión antigua.
  • Utilizar el sistema del ECUAPASS, ya que brinda mayor información

 

Referencias: 

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