Yogur
Nombre específico del producto: Yogur
Nombre comercial: Yogur
Especificaciones técnicas
Descripción del producto
El yogur es un producto lácteo que se obtiene de la fermentación de microorganismos específicos de la leche, que pueden ser Lactobacillus delbrueckii subsp. bulgaricus y Streptococcus thermophilus viables, activos y abundantes en el producto.
El yogur es una fuente excelente de proteínas de alta calidad, fáciles de digerir y con abundantes aminoácidos especiales. Además, las proteínas contenidas en el yogur se digieren con más facilitad que las de la leche normal. Esto se podría deber al proceso de fermentación, que las descompone en fracciones más pequeñas. Las proteínas de alta calidad del yogur producen una saciedad duradera.
Reglas Generales Interpretativas
Con la finalidad de determinar una partida arancelaria, se consideran las siguientes reglas interpretativas:
RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo”.
RGI N°6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.
Por lo que se puede identificar a la partida 04.03 Suero de mantequilla (de manteca), leche y nata (crema) cuajadas, yogur, kefir y demás leches y natas (cremas), fermentadas o acidificadas, incluso concentrados, con adición de azúcar u otro edulcorante, aromatizados o con frutas u otros frutos o cacao.
Notas explicativas
Para establecer una subpartida arancelaria se toma en cuenta la nota explicativa de la partida 04.03:
Esta partida comprende el suero de mantequilla, la leche y nata (crema) fermentadas o aciduladas de cualquier tipo, en especial la leche y nata (crema) cuajadas, el yogur y el kéfir. Los productos de esta partida se pueden presentar en estado líquido, pastoso o sólido (incluso congelados) y estar concentrados (por ejemplo: evaporados, en bloques, polvo o gránulos) o conservados.
Posición arancelaria
Considerando lo anteriormente mencionado, se examinarán las subpartidas arancelarias dentro de la partida 04.03, aplicando la primera Regla General para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA):
- Sección: Sección I animales vivos y productos del reino animal.
- Capítulo: Capítulo 4 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte.
- Partida: 04.03 Suero de mantequilla (de manteca), leche y nata (crema) cuajadas, yogur, kefir y demás leches y natas (cremas), fermentadas o acidificadas, incluso concentrados, con adición de azúcar u otro edulcorante, aromatizados o con frutas u otros frutos o cacao.
- Subpartida: 04.03.10.00.00 Yogur.
Información asociada a la mercancía
- Arancelaria
De la Base imponible
Subpartida: 0403.10.00.00
AD VALOREM: 30%
IVA: 12%
FONDINFA: 0,5%
- Paraarancelaria
Restricciones y prohibiciones
Tipo de restricción: PRESENTACION DE REQUISITO
- Código de régimen: IMPORTACION A CONSUMO
- Instancia para validación de vigencia de restricción: FECHA DE EMBARQUE.
- Código de Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA.
- Código de requisito:
- Descripción: Licencia automática de importación.
Tipo de restricción: PRESENTACION DE REQUISITO
- Código de régimen: IMPORTACION A CONSUMO
- Instancia para validación de vigencia de restricción: FECHA DE EMBARQUE.
- Código de Institución: AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO – AGROCALIDAD.
- Código de requisito:
- Descripción: Permiso Zoosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera.
Tipo de restricción: PRESENTACION DE REQUISITO
- Código de régimen: IMPORTACION A CONSUMO
- Instancia para validación de vigencia de restricción: FECHA DE CIERRE DE AFORO.
- Código de Institución: AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL FITO Y ZOOSANITARIO – AGROCALIDAD.
- Código de requisito: DOCUMENTO DE DESTINACION ADUANERA.
- Descripción: Permiso Zoosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera.
Tipo de restricción: PRESENTACION DE REQUISITO
- Código de régimen: IMPORTACION A CONSUMO
- Instancia para validación de vigencia de restricción: FECHA DE EMBARQUE.
- Código de Institución: AGENCIA NACIONAL DE REGULACION, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA.
- Código de requisito:
- Descripción: Notificación Sanitaria o Certificado de Requerimiento o no de Notificación Sanitaria.
Conclusiones
Dentro del capítulo 4 se pueden clasificar las mercancías referentes a Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte. Por lo que según determinadas consideraciones generales y notas explicativas se ha podido establecer una subpartida correcta para la clasificación de la mercancía estudiada y específicado su información tanto arancelaria como paraarancelaria.
Recomendaciones
Al momento de clasificar una mercancía según su partida y subpartida arancelaria se debe tener en cuenta las reglas generales interpretativas y las notas explicativas, ya que ayudarán a colocarlas en la subpartida que de verdad corresponden y evitaran confusiones.
Referencias
RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA). Recuperado de: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf
CONSULTA DE ARANCEL NACIONAL DEL ECUADOR. Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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