El tocino es un tipo de carne que proviene del cerdo, específicamente de la parte del vientre o barriga del animal. Se caracteriza por ser una carne muy grasa y tener una textura jugosa y tierna cuando se cocina.
Descripción de la mercancía:
El tocino sin partes magras se refiere al tocino que ha sido procesado o seleccionado para eliminar la mayor cantidad posible de carne magra y dejar principalmente grasa. Por lo general, se utiliza en la cocina para agregar sabor y textura a los platos, ya que la grasa del tocino puede derretirse durante la cocción y proporcionar un sabor característico y jugosidad.
Notas de capítulo:
- Este Capítulo no comprende:
- a) respecto de las partidas 02.01 a 02.08 y 02.10, los productos impropios para la alimentación humana;
- b) las tripas, vejigas y estómagos de animales (partida 05.04), ni la sangre animal (partidas 05.11 ó 30.02);
- c) las grasas animales, excepto los productos de la partida 02.09 (Capítulo 15).
Análisis arancelario
Sección I:
ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL
Capítulo 2:
Carne y despojos comestibles.
Texto de partida:
02.09: Tocino sin partes magras y grasa de cerdo o de ave sin fundir ni extraer de otro modo, frescos, refrigerados, congelados, salados o en salmuera, secos o ahumados.
Texto de subpartida
0209.10.10.00: -- Tocino sin partes magras
Información Arancelaria
Arancel Advalorem: 30%
Arancel Específico: 0%
IVA: 12%
Fodinfa: 0.5%
ICE: 0%
Información Parancelaria:
Prohibida importación con el país Georgia.
Presentación de Licencia de Importación para Colombia, Perú y Bolivia, por parte de Ministerio De Agricultura, Ganadería, Acuacultura Y Pesca.
Permiso Zoosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera por parte de Agencia De Regulación Y Control Fito Y Zoosanitario - Agrocalidad
Sustentos de clasificación arancelaria para la subpartida 0202.30.00.90
Notas Explicativas
Esta partida comprende la carne congelada de los animales de la especie bovina, domésticos o salvajes, comprendidos en la partida 01.02.
Regla general interpretativa
- RGI 1:Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.
- RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario
Conclusiones
Al finalizar el análisis con ayuda de las notas explicativas y las RBI 1 y 6, se concluye que el tocino sin carne magras se clasifica en la subpartida arancelaria 0209.10.10.00: “-- Tocino sin partes magras”. Debido a que al ser el tocino sin partes magras por definición y conclusión pertenece a dicha partida por su nombre.
Recomendaciones
Recuerda que la clasificación arancelaria puede tener implicaciones legales y comerciales significativas, por lo tanto, es fundamental realizar un análisis exhaustivo y preciso para evitar errores y cumplir con las normas aplicables.
Consulta las Notas Explicativas: Las Notas Explicativas son una guía detallada que acompaña al SA. Proporcionan información adicional y ejemplos que te ayudarán a entender y aplicar correctamente las disposiciones del SA. Revísalas en su totalidad para obtener una comprensión clara de las subpartidas arancelarias relevantes.
Fuente:
Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.culturagenial.com/es/cuadro-la-noche-estrellada-de-vincent-van-gogh/
Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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