Introducción

Antes ya hemos hablado sobre qué es la firma electrónica y las garantías que representa, sin embargo, es importante entender que la firma no funciona de manera individual y en este caso, el certificado tampoco. Ambos funcionan juntos, ya que el certificado es lo que contiene a la firma electrónica. En este nuevo blog analizaremos qué es y cómo funciona. 

9924974092?profile=original

Desarrollo

Bajo esta premisa podemos decir entonces que no puede existir solo la firma electrónica, esta coexiste con su certificado. Este último siempre está bajo el nombre de su titular, NO se emiten certificados paa entidades, en el caso de ser una empresa la persona que se haga cago de los trámites y firme los documentos, será quien obtenga su certificado.

¿Qué es el certificado de firma electrónica?

Art. 20. Es el mensaje de datos que certifica la vinculación de una firma electrónica con una persona determinada, a través de un proceso de comprobación que confirma su identidad.

¿Quién puede utilizarlo?

Art. 21. El certificado de firma electrónica se empleará para certificar la identidad del titular de una firma electrónica.

¿Cuáles son los requisitos?

Art. 22. El Certificado de firma electrónica para ser considerado válido contendrá los siguientes requisitos:

a) Identificación de la entidad de certificación de información;
b) Domicilio legal de la entidad de certificación de información;
c) Los datos del titular del certificado que permitan su ubicación e identificación;
d) El método de verificación de la firma del titular del certificado;
e) Las fechas de emisión y expiración del certificado;
f) El número único de serie que identifica el certificado;
g) La firma electrónica de la entidad de certificación de información;
h) Las limitaciones o restricciones para los usos del certificado; e,
i) Los demás señalados en esta ley y los reglamentos

 

Causas por las cuales se puede extinguir el certificado

Art. 24 Los certificados de firma electrónica, se extinguen, por las siguientes causas:
a) Solicitud de su titular;
b) Extinción de la firma electrónica, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la L ey de comercio electrónico, fimas y mensajes de datos; y,
c) Expiración del plazo de validez del certificado de firma electrónica.

Conclusión

Como hemos visto, el certificado de firma electrónica es lo que avala que verdaderamente la firma esté bajo el nombre de un titular existente, para que no existan fallos en los pocesos administrativos públicos o privados. Además hemos comprendido sobre el funcionamiento del certificado y lo que se necesita para poder obtenerlo. Poder conocer esta información ayuda al usuario para saber cómo funciona y bajo que criteios puedo dejar de tener o no el certificado.

Recomendación

Revisar a profundidad la Ley de comercio electrónico, firmas y mensajes de datos para tener un panorama más amplio de todo lo concerniente a la Firma electrónica y todo lo relacionado a ella.

Fuentes

Autor

Yadira Cristina Solórzano Shilquigua

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales