INTRODUCCIÓN
La Ventanilla Única Ecuatoriana forma parte de la política de comercio exterior y de la estrategia nacional de simplificación de trámites, a través de la cual los Operadores de Comercio Exterior (OCE´s) gestionan los documentos de control previo, tales como, registros, permisos, autorizaciones, notificaciones, certificados, entre otros. En este sentido el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) tiene el deber de emitir disposiciones complementarias para que las entidades tanto públicas como privadas implementen en la VUE los trámites relacionados al comercio exterior, con el fin de optimizar tiempos y costos en los procesos de importación y exportación. (Noboa, Peña, & Torres, s.f.)
Es así que la implementación de la VUE ha permitido reducir significativamente el tiempo y los costos de transacciones en cuanto a actividades de comercio exterior; así como facilitar y agilizar los trámites, autorizaciones y certificaciones desde un solo punto de acceso, lo cual contribuye a la facilitación del comercio exterior y al control real de las operaciones.
DESARROLLO
La implementación de la VUE contribuye a la facilitación y control de las operaciones de comercio exterior como una herramienta electrónica que permite a los Operadores de Comercio Exterior (OCE´s) presentar los requisitos y documentación exigible para la obtención de los permisos, registros, notificaciones, entre otros, que son necesarios para los procesos tanto de importación como de exportación. Es por este motivo que se deben tomar en cuenta los siguientes parámetros.
Elaborado por: Toapanta Katherine
Fuente: (Decreto No. 312, 2018)
Ejemplo
Elaborado por: Toapanta Katherine
Fuente: (SENAE, s.f.)
CONCLUSIONES
- La VUE es parte de la política de facilitación del comercio exterior y de la estrategia de simplificación de trámites, mediante una gestión óptima de los documentos de control previo, tales como, registros, permisos, autorizaciones, notificaciones, certificados, entre otros.
- El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) es la autoridad encargada de coordinar y emitir disposiciones complementarias para que las distintas entidades públicas y privadas implementen en la VUE los trámites relacionados a las operaciones de comercio exterior.
RECOMENDACIONES
- Se recomienda estar constantemente en un proceso de mejora respecto a la herramienta VUE, para facilitar los trámites con respecto a las autorizaciones y certificados, y de esta manera reducir tiempo y costos relacionados a las transacciones de comercio exterior.
- Se recomienda brindar información y capacitar a los Operadores de Comercio Exterior sobre el manejo de la VUE con el fin de aprovechar las ventajas que ofrece el uso de esta herramienta en cuanto a reducción, agilidad y transparencia de la tramitología y así mantener un control real sobre las importaciones.
FUENTES
- Decreto No. 312. (2018). La VUE y el Programa Operador Económico Autorizado declarados como parte de la política de Facilitación del Comercio Exterior. Obtenido de PUDELECO: http://www.comercioexteriorecuador.com/mmx18005.html#tema6
- Noboa, Peña, & Torres. (s.f.). IMPLEMENTACIÓN DE LA VENTANILLA ÚNICA ECUATORIANA Y DEL PROGRAMA OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO COMO PARTE DE LA POLÍTICA DE FACILITACIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR. Obtenido de https://www.legalecuador.com/wp-content/uploads/2018/08/legalecuador-flash-legal-000617.pdf
- SENAE. (s.f.). Ventanilla Única agilita trámites de Comercio Exterior. Obtenido de https://www.agricultura.gob.ec/ventanilla-unica-agilita-tramites-de-comercio-exterior/
AUTOR: Toapanta Katherine
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