El Tequila ¿Sabes cuál es la clasificación arancelaria?

El Tequila es un destilado que proviene de la fermentación y posterior destilación del jugo procedente de la planta de agave. Existen 295 tipos diferentes de agaves, pero solo la variedad azul se usa para el Tequila.

Se denomina con una pureza del 100% cuando el azúcar utilizado para su elaboración procede exclusivamente del agave azul.

Para el caso de la marca Gran Malo, se mezcla con diferentes ingredientes naturales para crear un sabor único y distintivo, con un volumen de alcohol 38%.

De acuerdo con Fedexport, el mercado de importación de licores es atractivo con respecto al de exportación. En el 2023 la exportación fue de $ 1,57 millones mientras que la importación fue de $ 100 millones.

  • Reglas generales para la interpretación de la nomenclatura arancelaria

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo.

Regla 5b): Los envases que contengan mercancías se clasifican con ellas cuando sean de los tipos normalmente utilizados para esa clase de mercancías.

El siguiente paso para poder determinar donde clasificar el tequila, tomaremos como apoyo las notas explicativas cuarta enmienda referentes al capítulo seleccionado.

  • Notas Explicativas Capítulo 22

2208.B: Los licores, que son bebidas espirituosas adicionadas de azúcar, miel u otros edulcorantes naturales y de extractos o de esencias (por ejemplo, las bebidas espirituosas obtenidas por destilación o por mezcla con alcohol etílico u otros destilados espirituosos, con uno o varios de los productos siguientes: frutas, flores u otras partes de plantas, extractos, esencias, aceites esenciales o jugos (zumos), incluso concentrados). Entre estos productos se pueden citar los licores a base de huevos, de hierbas, de bayas, y de especias, los licores de té, de chocolate, de leche y de miel.

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El tequila tiene 2 subpartidas específicas, sin embargo, se descarta de la primera debido a que la marca de tequila que estamos considerando (Gran Malo) es menor a 50 grados de alcohol y es apto para comercialización directa al consumidor, por lo tanto, se pueda colocar la subpartida 2208.90.20.90

  • Posición arancelaria

Sección: IV Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados; productos, incluso con nicotina, destinados para la inhalación sin combustión; otros productos que contengan nicotina destinados para la absorción de nicotina en el cuerpo humano.

Capitulo: Capítulo 22 - Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre

Partida: 2208 Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80 % vol.; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas.

Subpartida: 2208.90.20.90 --- Los demás

  • Tributos aduaneros

AD VALOREM: 1%
ESPECIFICO: USD 0.25 G.A.L. (Grado alcohólico por litro)
IVA: 15%
FODINFA: 0.5%

ICE: 10,15 USD por litro de alcohol puro + Si el precio de venta del fabricante o ex aduana supera los USD 4,60 por litro de bebida, se debe aplicar el 75% sobre el excedente entre el precio de venta del fabricante o ex aduana y los USD 4,60 (o su proporcional).

  • Restricciones, requisitos o permiso

Desde el 2015, se aplica la etiqueta fiscal consiste en una especie de sello impreso (con diversas seguridades), pegado sobre la tapa de la botella, que contiene un código de barras. Para ello, previo a la llegada de la mercadería, el importador debe presentar en su declaración datos sobre la marca, el tipo de licor, el Registro Único del Contribuyente del Comprador (RUC), entre otros.

La etiqueta fiscal la entrega la Aduana a los importadores, para la posterior colocación en las botellas. Cada una cuesta USD 0,25.

  • Conclusiones 

El tequila, específicamente la marca Gran Malo, se clasifica bajo la subpartida 2208.90.20.90. Este producto está sujeto a diferentes tributos aduaneros. Además, desde 2015, la importación de bebidas alcohólicas requiere una etiqueta fiscal que debe ser colocada en las botellas antes de su comercialización.

  • Recomendaciones

Se debe analizar toda la información de apoyo como las reglas generales para la interpretación, así como las notas explicativas y por último la partida arancelaria que permita clasificar correctamente cada mercancía. 

  • Referencias 

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador – SENAE. (s. f.). https://www.aduana.gob.ec

SRI ICE (2024)  https://www.sri.gob.ec/impuesto-consumos-especiales#%C2%BFsobre-qu%C3%A9

 

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