INFORMACIÓN GENERAL
Nombre del Producto: Sulfuro de Sodio
Sulfuro de sodio es el compuesto químico con la fórmula Na 2 S , o más comúnmente su hidrato de Na 2 S · 9 H 2 O . Tanto las sales anhidras como las hidratadas son sólidos incoloros. Son solubles en agua, dando soluciones fuertemente alcalinas . Cuando se expone al aire húmedo, el Na 2 S y sus hidratos emiten sulfuro de hidrógeno , que huele a huevos podridos. Algunas muestras comerciales se especifican como Na 2 S · x H 2 O, donde un porcentaje en peso de Na 2Se especifica S.
NOTAS DE SECCIÓN
En la subpartida 2852.10, se entiende por de constitución química definida todos los compuestos orgánicos o inorgánicos de mercurio que cumplan las condiciones de los apartados a) a e) de la Nota 1 del Capítulo 28 o de los apartados a) a h) de la Nota 1 del Capítulo 29.
NOTAS EXPLICATIVAS
- a Cualquier producto que responda al texto específico de una de las partidas 28.44 ó 28.45, se clasificará en dicha partida y no en otra de la Nomenclatura, excepto los minerales de metales radiactivos.
- Salvo lo dispuesto en el apartado a) anterior, cualquier producto que responda al texto específico de una de las partidas 28.43 ó 28.46, se clasificará en dicha partida y no en otra de esta Sección.
- Sin perjuicio de las disposiciones de la Nota 1 anterior, cualquier producto que, por su presentación en forma de dosis o por su acondicionamiento para la venta al por menor, pueda incluirse en una de las partidas 30.04, 30.05, 30.06, 32.12, 33.03, 33.04, 33.05, 33.06, 33.07, 35.06, 37.07 ó 38.08, se clasificará en dicha partida y no en otra de la Nomenclatura.
- Los productos presentados en surtidos que consistan en varios componentes distintos comprendidos, en su totalidad o en parte, en esta Sección e identificables como destinados, después de mezclados, a constituir un producto de las Secciones VI o VII, se clasificarán en la partida correspondiente a este último producto siempre que los componentes sean:
- netamente identificables, por su acondicionamiento, como destinados a utilizarse juntos sin previo reacondicionamiento;
- presentados simultáneamente;
- identificables, por su naturaleza o por sus cantidades respectivas, como complementarios unos de otros.
NOTAS DE CAPÍTULO
Salvo disposición en contrario, las partidas de este Capítulo comprenden solamente:
- los elementos químicos aislados y los compuestos de constitución química definida presentados aisladamente, aunque contengan impurezas;
- las disoluciones acuosas de los productos del apartado anterior;
- las demás disoluciones de los productos del apartado a) anterior, siempre que constituyan un modo de acondicionamiento usual e indispensable, exclusivamente motivado por razones de seguridad o por necesidades del transporte y que el disolvente no haga al producto más apto para usos determinados que para uso general;
- los productos de los apartados a), b) o c) anteriores, con adición de un estabilizante (incluido un antiaglomerante) indispensable para su conservación o transporte;
- los productos de los apartados a), b), c) o d) anteriores, con adición de una sustancia antipolvo o de un colorante, para facilitar su identificación o por razones de seguridad, siempre que estas adiciones no hagan al producto más apto para usos determinados que para uso general.
- Además de los ditionitos y sulfoxilatos, estabilizados con sustancias orgánicas (partida 28.31), los carbonatos y peroxocarbonatos de bases inorgánicas (partida 28.36), los cianuros, oxicianuros y cianuros complejos de bases inorgánicas (partida 28.37), los fulminatos, cianatos y tiocianatos de bases inorgánicas (partida 28.42), los productos orgánicos comprendidos en las partidas 28.43 a 28.46 y 28.52, y los carburos (partida 28.49), solamente se clasifican en este Capítulo los compuestos de carbono que se enumeran a continuación:
- los óxidos de carbono, el cianuro de hidrógeno, los ácidos fulmínico, isociánico, tiociánico y demás ácidos cianogénicos simples o complejos (partida 28.11);
- los oxihalogenuros de carbono (partida 28.12);
- el disulfuro de carbono (partida 28.13); los tiocarbonatos, los seleniocarbonatos y telurocarbonatos, los seleniocianatos y telurocianatos, los tetratiocianodiaminocromatos (reinecatos) y demás cianatos complejos de bases inorgánicas (partida 28.42);
- el peróxido de hidrógeno solidificado con urea (partida 28.47), el oxisulfuro de carbono, los halogenuros de tiocarbonilo, el cianógeno y sus halogenuros y la cianamida y sus derivados metálicos (partida 28.53), excepto la cianamida cálcica, incluso pura (Capítulo 31).
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (RGI)
Regla General Interpretativa #1
Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).
POSICIÓN ARANCELARIA
SECCIÓN | VI | PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS |
CAPÍTULO | 28 | PRODUCTOS QUÍMICOS INORGÁNICOS;COMPUESTOS INORGÁNICOS U ORGNÁNICOS |
PARTIDA | 28.29 | CLORATOS Y PERCLORATOS;BROMATOS Y PERBROMATOS;YODATOS Y PERYODATOS |
SUBPARTIDA | 2830.10.10.00 | SULFURO DE SODIO |
RESTRICCIONES
- Prohibición de importación y exportación en todos los regímenes aduaneros en la República Popular Democrática de Corea.
- Referente a requisitos previo de importación para otros países, no requiere la presentación de ningún documento.
TRIBUTOS
SALVAGUARDIA | 0% |
AEC | 0% |
FODINFA | 0,50% |
ADVALOREM | 0% |
ICE | 0% |
IVA | 12% |
CONCLUSIONES
- Realizar una correcta clasificación arancelaria es importante puesto que ayuda a conocer los tributos que debe pagar el producto, así como para conocer las regulaciones que debe seguir el mismo.
- Se llega a la conclusión que el sulfuro de sodio se clasifica dentro del Capítulo 28 y se rige bajo las Regla General Interpretativa 1.
RECOMENDACIONES
- Tener en cuenta que la información proporcionada sea la correcta para evitar cualquier inconveniente en la clasificación de la mercancía.
- ECUAPASS es una herramienta indispensable para la correcta clasificación arancelaria, por ende, es importante saber utilizarla.
WEBGRAFÍA
https://www.cabeza.com/es/reglas-generales-clasificacion-arancelaria-de-mercancias/
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf (ARANCEL): https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA
ARMONIZADO (VUENESA) - NOTAS EXPLICATIVAS DE LA CUARTA ENMIENDA
DEL SISTEMA ARMONIZADO:
file:///C:/Users/CRYSTHEL%202021/Downloads/Notas_explicativas_pdf.pdf
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