Nombre Comercial: Sulfuro de Potasio |
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- Análisis Arancelario de la mercancía
Sección: Sección VI PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS |
Capítulo: Capítulo 28 Productos químicos inorgánicos, compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos. |
Partida: 28.30 - Sulfuros; polisulfuros, aunque no sean de constitución química definida. |
Subpartida: 2830.90 - Los demás 2830.90.10.00 - - Sulfuro de potasio |
Nota 2: Además de los ditionitos y los sulfoxilatos, estabilizados con sustancias orgánicas, los carbonatos y peroxocarbonatos de bases inorgánicas, los cianuros, oxicianuros y cianuros complejos de bases inorgánicas, los fulminatos, cianatos y tiocianatos de bases inorgánicas, los productos orgánicos comprendidos en las partidas, y los carburos, solamente se clasifican en este Capítulo. |
Notas Explicativas Partida 28.30: En la subpartida, se entiende por de constitución química definida todos los compuestos orgánicos o inorgánicos de mercurio que cumplan las condiciones de los apartados a) a e) de la Nota 1 del Capítulo 28 o de los apartados a) a h) de la Nota 1 del Capítulo 29. Consideraciones Generales Un compuesto de constitución química definida presentado aisladamente es una sustancia que consiste en una especie molecular (por ejemplo, covalente o iónica) cuya composición está definida por una relación constante de sus elementos y puede representarse por un diagrama estructural único. En las redes cristalinas, la especie molecular corresponde a la celda unitaria repetitiva. Los elementos de un compuesto de constitución química definida presentado aisladamente se combinan en una proporción precisa característica, determinada por la valencia de los diferentes átomos presentes y por los requerimientos del enlace de estos átomos. Cuando la proporción de cada elemento es invariable y característica de un compuesto, se denomina estequiométrica. |
Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas). Regla General Interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario. |
- Información Arancelaria
Subpartida: 2830.90.10.00
Arancel Ad-Valorem: 0.00%
Arancel Específico: $0.00
IVA: 0%
Fodinfa: 0.50%
Unidades Físicas: Kilogramos
- Código Liberatorio: 0395
Cod.Sup.: 0000
Tributo Afectado: IVA
Valor Afectado: 100.00
Descripción: TRANSFERENCIAS E IMPORTACIONES CON TARIFA CERO "IVA", APLICA PARA: MATERIA PRIMA E INSUMOS IMPORTADOS PARA PRODUCIR MEDICAMENTO Y DROGAS DE USO HUMANO & LOS ENVASES Y ETIQUETAS IMPORTADOS O ADQUIRIDOS EN EL MERCADO LOCAL
- Autorización y Restricciones
Tipo: Prohibición
Fuente del Dato: Resolución No. 2397 (2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Notas y Observaciones: Prohibida importación de Corea del Norte
- Requisitos y Condiciones Adicionales
No existen otras condiciones ni requisitos para importar este producto
- Conclusión
Podemos concluir que el Sulfuro de Potasio pertenece a la subpartida 2830.90.10.00, debido a que su composición cumple con lo establecido en las notas explicativas y consideraciones generales del arancel, al ser un sólido cristalino y de un compuesto de constitución química definida presentado aisladamente se combinan en una proporción precisa característica, determinada por la valencia de los diferentes átomos presentes y por los requerimientos del enlace de estos átomos, por lo cuál se le asigna una subpartida específica.
- Recomendación
Para lograr una adecuada clasificación arancelaria y una buena administración del arancel y sus notas explicativas, se recomienda utilizar y aplicar todas las reglas de interpretación como base legal para la consulta. La determinación de la subpartida arancelaria se facilita al contar con información suficiente sobre el producto de interés y mantener nuevos avisos oficiales publicados por el SENAE para obtener información actualizada para consulta.
- Referencias
- RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
- VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
- NOMENCLATURA COMÚN ANDINAhttps://www.comunidadandina.org/StaticFiles/201164225440libro_atrc_nomenclatura.pdf
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