El apoyo de grandes embarcaciones. Aprende la clasificación arancelaria de un barco remolcador

Descripción y características del producto

Embarcación diseñada para proporcionar asistencia en el remolque de otras embarcaciones o para ayudar en maniobras portuarias. Los barcos remolcadores son más pequeños y potentes en comparación con las embarcaciones que remolcan, lo que les permite maniobrar y controlar con mayor precisión a las naves más grandes o en situaciones difíciles. Estos barcos se encuentran equipados con motores potentes y sistemas de propulsión especializados, como hélices de empuje azimutal o propulsores de proa, que les permiten maniobrar en cualquier dirección con facilidad. También están equipados con cabrestantes y sistemas de remolque, como cables o cadenas, para engancharse y remolcar otras embarcaciones.

Longitud (m): 32

Ancho (m): 12

Tiene dos propulsores azimutales ubicados en la popa, estos propulsores pueden girar 360 grados

Peso (t): 400

Capacidad de tracción de 60 a 90 toneladas

Capacidad de remolque: hasta 200000 toneladas

Análisis Arancelario

  • Reglas Generales Interpretativas

La clasificación arancelaria de la mercadería descrita, se fundamenta en las siguientes reglas generales para la interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA):

REGLA 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

REGLA 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

  • Notas Explicativas

8904 Remolcadores y barcos empujadores.

Esta partida comprende:

  1. Los remolcadores, que son barcos especialmente proyectados para la tracción de otras unidades. Pueden ser del tipo utilizado en el mar o para la navegación interior y se diferencian de las demás embarcaciones por su aspecto peculiar, el casco reforzado de forma especial, las potentes máquinas motrices y por los diversos equipos del puente para la manipulación y enganche de los cables, amarras, etc.
  2. Los barcos empujadores, que son barcos especialmente proyectados para empujar barcazas y gabarras principalmente. Se caracterizan especialmente por la proa plana diseñada para empujar, así como por la posición especialmente elevada del puente de mando que puede ser telescópico.

Se incluyen también en esta partida los barcos proyectados al mismo tiempo como remolcadores y empujadores; como los barcos empujadores, estas embarcaciones tienen la proa plana, pero la popa está preparada de tal modo que pueden también remolcar en ese sentido por medio de cables. Los remolcadores proyectados para ayudar a los barcos en peligro están también clasificados aquí.

Los barcos de esta partida no están proyectados para el transporte de personas o de mercancías. Pueden estar equipados accesoriamente con aparatos especiales de bombeo, de lucha contra incendios, de calentado, etc. Sin embargo, los barcos bomba se clasifican en la partida 89.05.

A fin de realizar el análisis de clasificación, se considera el texto de la partida arancelaria 89.04 y su respectiva nota explicativa de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), que indica:

Posición Arancelaria

  • SECCIÓN 

La mercancía sujeta a consulta pertenece a la Sección XVII, donde se clasifican “MATERIAL DE TRANSPORTE”

  • CAPÍTULO

La mercancía sujeta a consulta pertenece al Capítulo 89, donde se contienen “Barcos y demás artefactos flotantes”

  • PARTIDA

La mercancía sujeta a consulta pertenece a la partida 89.04 tomada de la Sexta Enmienda del Sistema Armonizado adoptado mediante la Resolución 020-2017-P. COMEX que refiere a “Remolcadores y barcos empujadores.’’

  • SUBPARTIDA

La mercancía sujeta a consulta pertenece a la subpartida 8904.00.90.00, correspondiente a - Los demás”

Conclusión

En virtud del análisis arancelario se concluye que en aplicación de las Reglas Generales para la interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de las Aduanas (OMA) 1 y 6 para la mercancía denominada comercialmente como “Barco Remolcador”, que es una embarcación diseñada para proporcionar asistencia en el remolque de otras embarcaciones o para ayudar en maniobras portuarias, se clasifica dentro del arancel del Ecuador (Sexta Enmienda), Capítulo 89 en la partida arancelaria 89.04, subpartida “8904.00.90.00 – Los demás”.

Información arancelaria

  • Tributos vigentes

ARANCEL ADVALOREM: 5%

IVA: 12%

FODINFA: 0.5%

Información no arancelaria

  • Medidas de restricción y prohibición

Prohibida importación de la República Popular Democrática de Corea

Recomendaciones

Es importante revisar las notas explicativas y de capítulo para poder realizar una correcta clasificación arancelaria, además de visitar la página del SENAE para verificar las restricciones, prohibiciones y tributos vigentes del producto a importar, lo cual evitará inconvenientes a futuro con el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador.

Contar con la información sobre la naturaleza, clase, composición, uso o funciones, y forma de presentación nos permitirá determinar en que subpartida se encuentra clasificada la mercancía a importar, tal es el caso del barco remolcador que pesa 400 toneladas cuya característica hace que se clasifique en la subpartida 8904.00

Referencias

Comité de Comercio Exterior del Ecuador. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Comunidad Andina de Naciones [CAN]. (2007). Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA). https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Sociedad Portuaria de Santa Marta. (2020). Remolcadores: el apoyo de los buques. Noticias Puerto de Santa Marta. https://noticiaspuertosantamarta.com/remolcadores-el-apoyo-de-los-buques/

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