Introducción

Los códigos liberatorios son códigos numéricos establecidos por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, con el objetivo de que sean aplicados en las DAI para el goce de exención parcial total de tributos al comercio exterior. Son aplicados únicamente en las declaraciones aduaneras presentadas al amparo de los regímenes aduaneros que impliquen la importación de mercancías.

                                                          

Desarrollo

Se han establecido dos tipos de códigos liberatorios identificados con las letras I para las liberaciones derivadas de acuerdos o convenio internacional; y L, para las liberaciones establecidas en la normativa nacional.

Consideraciones para su aplicación

Para efectos de obtener la liberación de tributos y/o preferencias arancelarias, al amparo de convenios internacionales vigentes deberá presentarse el certificado de origen conforme a la Decisión 416 ó conforme convenios o tratados internacionales.

En las mercancías importadas clasificadas dentro del capítulo 98 deberá declararse el código liberatorio además de la partida específica

El OCE puede consultar los códigos liberatorios y su descripción en la siguiente ruta: Servicios informativos> 2.1 Información de soporte para la declaración> 2.1.1 Consulta de arancel>Tipo de información asociada a la mercancía (consulta de porcentaje de liberación y preferencias)

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Procedimiento

  1. Ingresar al sistema Ecuapass, a la dirección de la aduana, al menú:

          1.1.1 Documentos electrónicos>Despacho aduanero>Declaración de Importación.

 


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  1. Llenar los campos que conforman la DAI

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      3. Consignar el código liberatorio correspondiente de acuerdo a la consulta en uno de los                        siguientes campos:

          Campo H39, TPCI, en el que se debe consignar el código liberatorio respectivo de acuerdos o              convenios internacionales.

          Campo H40, TPNG, en el que se debe consignar el código liberatorio respectivo establecido en l            la normativa nacional.

  1. Efectuar el envió de la DAI

 

Conclusiones

Los códigos liberatorios representan un porcentaje de disminución en el pago de tributos al comercio exterior. Por lo que su aplicación representa oportunidades para las OCE´s ante la aplicación de los regímenes de importación.

 

Recomendaciones

Se requiere el conocimiento de los diferentes códigos liberatorios, así como su correcta aplicación en el Sistema Ecuapass con el objetivo de que la normativa existente arroje los resultados necesarios en los procesos de comercio exterior.

 

Fuente

SENAE-GOE-2-2-009-V1 Guía de operadores de comercio exterior para la aplicación de códigos liberatorios.

 

Autor

Lucía Belén Cobeña Machado

Estudiante de 7° semestre CENI-ESPE

 

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