DONACIONES

 INTRODUCCION

Estarán exentas del pago de tributos las Donaciones provenientes del exterior, a favor de las instituciones del sector público o del sector privado sin fines de lucro, destinadas a cubrir servicios de salubridad, alimentación, asistencia técnica, beneficencia, asistencia médica, educación, investigación científica y cultural, siempre que tengan suscritos contratos de cooperación con instituciones del sector público.

DESARROLLO

¿Quiénes pueden recibir donaciones del extranjero?

  • Todas las instituciones del Estado y las instituciones privadas sin fines de lucro

 

  • Las instituciones privadas sin fines de lucro interesadas en recibir donaciones del extranjero, previo a realizar una importación, deberán registrarse y calificarse ante el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) a fin de obtener el Acuerdo Ministerial correspondiente. Para mayor información, visite: www.mies.gob.ec

 

¿Cómo se tramita una donación ante la Aduana?

  • debe estar registrado en el Registro Único de Contribuyente con la calidad de persona jurídica de derecho público o privada sin fines de lucro, y presentar ante el Distrito Aduanero de su domicilio tributario principal una solicitud a la que deberá acompañar:

Documentos de acompañamiento, necesarios para la nacionalización del bien importado, emitidos por las autoridades competentes

 

Certificado de donación original, con certificación consular de la existencia del donante y de su firma autógrafa en el documento expedido por el mismo, en la que conste el valor estimado y el detalle de la mercancía donada; y,

 

Para el caso de personas jurídicas sin fines de lucro, original o copia certificada del contrato de cooperación con instituciones del sector público, cuyo objeto sea el cubrir servicios de salubridad, alimentación, asistencia técnica, beneficencia, asistencia médica, educación, investigación científica y cultural, siempre y cuando estos no estén disponibles a través del sistema interconectado.

 

 

Conclusión

Es de suma importancia la exención del pago de tributos para las donaciones debido a su importancia dentro de las funciones de las organizaciones sin fines de lucro, ya que esto agilita los procesos necesarios para la importación de este tipo de mercancías, además el conocer los requerimientos establecidos en este régimen facilita el correcto cumplimiento de los mismos.

FUENTE: http://www.aduana.gob.ec/pro/donations.action

AUTOR: ABIGAIL SANCHEZ

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