INTRODUCCIÓN:

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador con el fin de agilitar y facilitar los procesos aduaneros tanto de importación como de exportación, mediante el  Acuerdo Ministerial 005 del Ministerio de Comercio Exterior, suscrito el 20 de abril de 2015, en su artículo 1 nos dice que: "Para acogerse al procedimiento simplificado de la devolución condicionada, los exportadores deberán declarar en la DAE, que los productos que exporta son originarios de Ecuador y adjuntar, bajo su responsabilidad, una copia del respectivo certificado de origen o Registro de Operador, cuando corresponda”.

 

DESARROLLO:

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RESUMEN

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador con el fin de agilitar y facilitar los procesos aduaneros tanto de importación como de exportación, mediante el  Acuerdo Ministerial 005 del Ministerio de Comercio Exterior, suscrito el 20 de abril de 2015, en su artículo 1 nos dice que: "Para acogerse al procedimiento simplificado del devolución condicionada establecido mediante Resolución 013-2015 del Pleno del COMEX, los exportadores deberán declarar en la Declaración Aduanera de Exportación, que los productos que exporta son originarios de Ecuador y adjuntar(asociar o cargar), bajo su responsabilidad, una copia del respectivo certificado de origen o Registro de Operador, cuando corresponda, conforme lo previsto en el presente acuerdo".

CONCLUSIÓN

El SENAE, mediante el acuerdo Ministerial 005 del Ministerio de Comercio Exterior, suscrito el 20 de abril del 2015, informa que para acogerse a la devolución condicionada, el exportador debe declarar en la Declaración Aduanera de Exportación, que los productos que exporta son originarios de Ecuador y adjuntar(asociar o cargar), bajo su responsabilidad, una copia del respectivo certificado de origen o Registro de Operador, cuando corresponda, conforme lo previsto en el presente acuerdo.

 

RECOMENDACIONES

Para que los exportadores puedan acogerse a esta norma, deben cumplir con todos los requisitos y requerimientos que suscribe la aduana con el fin de que a futuro no tenga ningún conveniente con el perfil de riesgo, además para que los tramites se agilicen y se efectivicen.

 

FUENTE:

  • SENAE (Servicio Nacional de Aduana del Ecuador)

www.senae.gob.ec

  

AUTOR:

Francisco Masqui

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