El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador recuerda a los Importadores, Agentes de aduana y público en general, que:
NOTA: En caso de incumplimiento a la referida disposición por parte de los Depósitos Temporales, se procederá con las acciones administrativas que se encuentran reguladas en el Manual Específico para el Ingreso y Salida de Mercancías de Importación de los Depósitos Temporales Marítimos, Aéreos y Terrestres, Courier-DHL y Correos del Ecuador.
AUTOR: JOHANA HARO
FUENTE: BOLETIN Nº217 ADUANA
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