DIFERENCIA ENTRE LOS DOCUMENTOS DE ACOMPAÑAMIENTO Y DOCUMENTOS DE SOPORTE

Introducción

Los documentos de soporte y los documentos de acompañamiento son fundamentales y obligatorios en los trámites de importación. En la DAI, conocida como Declaración Aduanera de Importación, se debe registrar toda aquella información que tenga que ver con la mercadería que sea objeto de importación y dependiendo el tipo de mercancía a importar se debe adjuntar los documentos de acompañamiento y de soporte

Desarrollo

Según el Art. 72 del Reglamento al Libro V del COPCI, se conoce como Documentos de Acompañamiento, a todos los documentos de control previo, es decir aquellos documentos que deban aprobarse y transmitirse previo al embarque de la mercancía de importación. Dentro de los documentos de acompañamiento se encuentran todos los documentos relacionados a autorizaciones previas, por ejemplo: INEN, Agrocalidad, Registros Sanitarios, Certificados de Origen, etc. (Servicio Nacional de Aduana del Ecuador , 2021). 

Mientras que según el Art. 73 del Reglamento al Libro V del COPCI, se conoce como Documentos de Soporte, a todos aquellos documentos que constituyen la base de la información de la DAI en cualquier régimen. Todos estos documentos al momento de la presentación de la declaración aduanera, deben constar en el archivo del declarante o de ser el caso con el respectivo Agente de Aduanas. En el caso de los documentos de soporte se encuentran:  la factura comercial, conocimientos de embarque (aéreo, marítimo y terrestre), así como también pólizas de seguro en caso de que se utilicen (SENAE,2021).

Conclusiones

Tanto los documentos de acompañamiento como de soporte pueden presentarse de manera física o electrónica y ambos documentos van junto a la declaración aduanera, sin embargo, existe una gran diferencia. Por un lado, los primeros, son documentos de control previo, que deben aprobarse antes del embarque de la mercancía, mientras que los segundos son documentos oficiales que respaldan toda la información presentada en la declaración aduanera.

Recomendaciones

En caso de no tener clara la información acerca de los respectivos trámites que son necesarios para la desaduanización de una mercancía, se recomienda acudir con un experto, es decir con un Agente de Aduana, debidamente acreditado por el SENAE.

Del mismo modo, se recomienda estar al tanto de la presentación de la tramitología correspondiente y en los plazos establecidos, para evitar futuras sanciones establecidas en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

Fuentes

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador . (Noviembre de 2021). Para Importar: https://www.aduana.gob.ec/para-importar/

Autor

Natalia Alejandra Cruz Román  

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