INTRODUCCIÓN
Dentro de los regímenes aduaneros, uno de ellos es el de Devolución condicionada, éste nos permite obtener la devolución automática total o parcial de los tributos al comercio exterior pagados por la importación de las mercancías que se exporten definitivamente y que además cumplan con tres aspectos fundamentales:
1) Las utilizadas en el país en un proceso de transformación
2) Las incorporadas a la mercancía
3) Los envases o acondicionamientos.
En cuanto al tema de tributos al comercio exterior, los tributos que se devuelven y que están acogidos bajo este régimen son los siguientes:
- Derechos Arancelarios (Ad-Valorem, se devuelve según el coeficiente de devolución) (Aranceles específicos, se devuelve el 100% de tributos)
- Impuesto a Consumos Especiales (Se devuelve el 100% de tributos)
- Fodinfa (Se devuelve el 100% de tributos)
DESARROLLO
Para realizar la devolución condicionada se debe generar 4 tipo de documentos electrónicos, éstos son: Coeficiente de Devolución Condicionada (Documento electrónico que detalla el producto que el operador exporta definitivamente y los insumos utilizados); el Certificado de Compras Locales (Pueden ser de insumos procesados como no procesados, este certificado de compras es el documento electrónico mediante el cual el importador cede los derechos de los tributos pagados en la importación al exportador) y la Declaración Aduanera Simplificada referente a la Devolución Condicionada.
Para generar el Coeficiente de Devolución Condicionada, se realizan los siguientes pasos:
NOTA: A partir del paso 2, todo se realiza en Ecuapass.
RESUMEN
CONCLUSIONES
- El Coeficiente de Devolución Condicionada es un requisito previo a la presentación de la Declaración Aduanera Simplificada.
- Tanto el coeficiente de devolución condicionada como los certificados de compras pueden ser modificados o anulados.
RECOMENDACIONES
- Debemos tener en cuenta que para generar la Declaración Aduanera Simplificada se debe detallar tanto la DAI como la DAE para tener información referente a los insumos y el producto exportado.
- Las Declaraciones Aduaneras Simplificadas de Devolución Condicionada no pueden ser modificadas, solo en casos de errores en el registro de las cuentas bancarias.
NETGRAFÍA
- CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES
- SENAE
http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-4-001-V1.pdf
AUTOR
ANDRÉS PEÑAHERRERA
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