EL DESPACHO CON PAGO GARANTIZADO
REQUISITOS
Comentario:
La Base Legal del despacho con pago garantizado, se encuentra en el Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, artículos 86, 87 y 88.
Este permite a los OCEs obtener el levante de las mercancías una vez cerrado el aforo de las declaraciones aduaneras permitiendo realizar el pago de la obligación tributaria aduanera el quinto día hábil del mes calendario siguiente, sin embargo para que esta opción se encuentre habilitada, el OCE deberá cumplir previamente con todos los requisitos anteriormente mencionados
Posterior a la presentación de los requisitos, si los OCEs han sido calificados por la SENAE deberán registrar una garantía general que servirá para afianzar el pago de los tributos aduaneros diferidos y cumplir con las disposiciones y requisitos legales solicitados.
Nombre: Andrea Salazar
Fecha: 13 de Julio del 2014
Fuente: Aduana del Ecuador
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