¿Qué es Despacho Anticipado?

Es una modalidad de importación el cual permite que las mercancías puedan ser declaradas antes de que el medio de transporte (marítimo, aéreo, terrestre) llegue al territorio Aduanero Comunitario. En ella se lleva a cabo la transmisión de la Declaración Aduanera de Importación (DAI) previo a la llegada del medio de transporte con la finalidad de adelantar el proceso administrativo de despacho de las mercancías objeto de importación.

Según el Manual Especifico para el Despacho Anticipado emitido por la SENAE en agosto del 2014 define al Despacho Anticipado como “El inicio del procedimiento administrativo de despacho de las mercancías previo a la llegada del medio de transporte al territorio aduanero, mediante la presentación de la Declaración Aduanera de Importación”. (Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, 2014)

¿Cuáles son sus ventajas?

Algunas de sus ventajas es que busca mejorar el ingreso y salida de las mercancías importadas volviéndose esto mucho más ágil al reducir tiempos, que la información tenga más fluidez, la entrega de las mercancías se acelera ya que se estaría suprimiendo la espera de la llegada de mercancías e ingreso al depósito temporal de las mismas para luego ahí transmitir la Declaración Aduanera de Importación (DAI).

Una de las ventajas más relevantes para el importador es que se reducen considerablemente el costo en depósitos o almacenes temporales, ya que estas mercancías pueden ser despachadas o dar la autorización de salida en el mismo puerto, lo que elimina por completo algunos costos como: almacenaje, manipuleo de la carga, sobreestadía, fletes de traslado de la mercancía al depósito temporal; permitiendo que mejore la logística que se maneja ya que la mercancía importada podrá ser trasladada directamente a almacenes del importador o a los diferentes puntos de distribución que se tenga.

La mejora en lo que es el tiempo es sustancial cuando la mercancía que es objeto de importación es necesario en un tiempo específico y es que el importador junto con su agente de aduana puede presentar la documentación necesario para que esta sea revisada; esto generaría que el importador pueda cumplir con sus compromisos comerciales en el menor tiempo posible.

¿Cuáles son los requisitos?

Según el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, los requisitos que el importador junto con su agente de aduana debe cumplir para acogerse a este beneficio que es el despacho anticipado son:

  • El Operador de Comercio Exterior deberá tener el número de carga el cual es proporcionado por el medio de transporte utilizado.
  • El Operador de Comercio Exterior deberá transmitir la Declaración Aduanera de Importación (DAI) junto con los documentos de soporte y de acompañamiento necesarios, tanto de manera electrónica o digitalizada.
  • Cuando ya se haya completado la trasmisión de la Declaración Aduanera de Importación (DAI) se deberá proceder a pagar la liquidación de tributos, cuando esta se complete la aduana procede a iniciar la revisión documental.

¿Cuáles son los tiempos establecidos?

Ecuapass determina el Despacho Anticipado cuando la Declaración Aduanera de Importación (DAI) es transmitida en un periodo no superior a quince días calendario previo a la llegada del medio de transporte utilizado, es por ello que es importante tener en cuenta que no se necesita ningún registro o autorización por parte de la SENAE para acogerse al despacho anticipado.

Aquí se procede a realizar el pre-aforo el cual consiste en la revisión documental previo al acto de aforo, para ello las mercancías deben tener ya asignado un tipo de aforo, esto se aplica para casos en los que la mercancía no tenga un registro de ingreso al depósito y cuando la DAI ya ha sido asignada a un funcionario aduanero luego que la liquidación generada haya sido pagada o garantizada. Este procedimiento se termina cuando se puede comprobar la documentación presentada en la DAI previo o posterior a la llegada del medio de transporte.

Cuando la liquidación se genere automáticamente puede ser pagada previo o posterior a la llegada del medio de transporte.

Cuando la DAI que ha sido transmitida con la modalidad de despacho anticipado y que la mercancía objeto de importación no haya arribado al país la fecha prevista, el declarante debe comunicar al Ecuapass para que este tome las acciones que pueden ser:

  • Si la mercancía no va a arribar en el país, se debe solicitar el rechazo de la DAI.
  • Si la mercancía arriba en un viaje distinto al establecido previamente, posterior a la llegada del transporte se debe solicitar la corrección en cuanto al número de carga de la DAI.

¿Cuáles son los procedimientos a tomar en cada aforo?

El despacho anticipado puede acogerse en cualquier tipo de medio de transporte a ser utilizado (marítimo, aéreo y terrestre) este cambiará dependiendo el tipo de aforo.

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Conclusión y Recomendación

El Despacho Anticipado es un beneficio que puede ser aprovechado por el importador sin la necesidad de presentar algún documento o recurso extra, brinda ventajas como la reducción de costos de almacenaje que tienden a ser los más costosos por el tiempo que se demoran los trámites en ser procesados y aceptados, también al reducir significativamente el tiempo en que es autorizada para salir una mercancía haciendo que el importador pueda cumplir con sus compromisos comerciales en el menor tiempo posible.

Puedo recomendar que este tipo de beneficio debería ser aprovechado por los importadores que están realizando una importación que está sobre el tiempo y que necesita ser entregada rápidamente, también para importadores que traen mercancías que son perecibles o que su salida debe ser lo más pronta posible por temas de caducidad o temporada. Es importante tomar en cuenta que este beneficio tiene todas las empresas importadoras sin ningún tipo de diferencia, así que todos pueden someterse a este proceso que ayuda a reducir tanto tiempo como recursos económicos.

Autor: Nicole Estefania Rodriguez Ruano

Fuentes

 

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