DESHABILITACIÓN DE AUXILIAR DE RACE

Introducción

Auxiliar de Representante Aduanero de Comercio Exterior (RACE)

Corresponde a aquella persona natural, que ejerce actividades específicas de despacho de mercancías de importación o exportación, a nombre del OCE y bajo control del RACE, tomando en cuenta que, el Auxiliar de RACE no asumirá el riesgo económico de las operaciones que promueve y concluye, ya que éstas estarán debidamente soportadas por el Operador de Comercio Exterior (OCE), el plazo de vigencia que tendrá la autorización de Auxiliar de RACE, es de 3 años.

El Auxiliar de RACE, debe cumplir con sus obligaciones, tales como:

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Elaborado por: Sandra Pérez

Desarrollo

Para el desarrollo de este tema, se toma como documento de estudio la Resolución No. SENAE-DGN-2015-0840-RE, suscrita en Guayaquil, a los 7 días del mes de octubre de 2015, por lo que, a continuación, se presentan los diferentes tipos de deshabilitación de Auxiliar de RACE que se pueden producir, de acuerdo al marco legal establecido:

En el Art. 33, de dicha resolución de Deshabilitación temporal de Auxiliar de RACE por parte del OCE, se encuentra que dicha deshabilitación se puede producir por cualquiera de las siguientes situaciones:

  • Cuando el Auxiliar de RACE, decida realizar una suspensión temporal de sus actividades por motivo de enfermedad grave debidamente sustentada o por decisión voluntaria
  • El OCE deberá deshabilitar al Auxiliar de RACE e informar a la Dirección Nacional de Intervención
  • El plazo de la deshabilitación, será por el que haya solicitado el Auxiliar de RACE, mismo que no podrá exceder del plazo de autorización

De la misma manera, en el Art. 34 de Deshabilitación definitiva de Auxiliares de RACE por parte del OCE, se determina que la deshabilitación se puede producir por razones como las siguientes:

  • Cuando sea decisión libre y voluntaria del Auxiliar de RACE, dejar de ejercer sus actividades de manera definitiva
  • Cuando así lo decida el OCE, teniendo la obligación de informar a la Dirección Nacional de Intervención, una vez que se haya producido la deshabilitación
  • En caso de que, el Auxiliar de RACE requiera volver a desarrollar sus actividades con el mismo OCE u otro diferente, deberán seguir el proceso de postulación que establece el SENAE

En el Art. 35 de Deshabilitación definitiva de Auxiliar de RACE por parte del SENAE, se establece que, el SENAE puede deshabilitar de forma definitiva al Auxiliar de RACE, cuando:

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Elaborado por: Sandra Pérez

Si bien es cierto; esta deshabilitación definitiva tanto para RACE o Auxiliares de RACE por parte del SENAE, no le impide al OCE realizar una nueva postulación para obtener dicha autorización, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Resolución No. 0840 de fecha 7 de octubre de 2015.

 

En su Art. 36 de Consecuencias de la deshabilitación, se determina que:

  • La deshabilitación de RACE, da paso a la deshabilitación del Auxiliar de RACE
  • La deshabilitación de RACE o de Auxiliar de RACE, no exime de sus responsabilidades al OCE, derivadas del ejercicio de las funciones de RACE o Auxiliares de RACE

 

Conclusiones

La deshabilitación de Auxiliar de RACE, determina la finalización del vínculo entre el OCE y el Auxiliar de RACE; sin embargo, cualquier consecuencia o efecto como parte del desarrollo de las actividades del auxiliar de RACE, recaerán sobre el OCE, quien será responsable del aspecto tanto jurídico como administrativo, más aún en el caso de existir algún tipo de infracción aduanera.

Los auxiliares de RACE resultan beneficiosos en una empresa, ya que, al encargarse de los trámites exclusivos de una empresa, existe mayor agilización en los procesos y menores costos.

Recomendaciones

El OCE debe tener en cuenta, cuales son las obligaciones que va a realizar el Auxiliar de RACE en su nombre, de manera que estas deberán cumplirse en la forma y tiempo establecidos, para evitar que cualquier tipo de sanción recaiga sobre el OCE.

Además, se deben cumplir con los procesos tal y como lo establecen las leyes pertinentes, razón por la cual, es necesario interpretar de manera correcta cada uno de los puntos establecidos, así como permanecer actualizados en los cambios que se generen

Fuentes

- SENAE. (2015). Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/files/pro/leg/res/2015/SENAE-DGN-2015-0840-RE.pdf

- Mise, J. (2016). SlideShare. Obtenido de Análisis de la Resolución No. SENAE-DGN-2015-0840-RE: https://es.slideshare.net/JaimeMise1/resolucin-nro-senaedgn20150840re-92984791

 

Autora: Sandra Pérez

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