TRACTORES DE ORUGAS

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Descripción del producto

  • Vehículos automotores para uso agrícola e industrial.
  • Alto poder de tracción y movilidad sobre todo tipo de terrenos, incluyendo barro, nieve, arena, pendientes muy pronunciadas. Esto gracias a su sistema de rodaje de cadenas metálicas (orugas) que se adhieren y distribuyen muy bien el peso sobre la superficie.
  • Mayor estabilidad y control direccional en operaciones de empuje y arrastre de cargas pesadas, equipos e implementos agrícolas e industriales. Su centro de gravedad bajo mejora la maniobrabilidad sobre superficies irregulares.
  • Transmisión mediante orugas metálicas, sobre ruedas dentadas de accionamiento final (sistema de rodaje de cadenas).
  • Generalmente llevan una hoja empujadora frontal como equipo de trabajo de uso múltiple.
  • Peso total con carga máxima admisible superior a 4.500 kg para uso agrícola y mayor de 10.000 kg en uso industrial para la construcción.
  • Motor de combustión interna de potencia normalmente entre 20 y 500 kW, según uso y capacidad de tracción.
  • Los modelos para construcción tienen mayor robustez, potencia de motor y capacidad de carga útil, además de estar adaptados para acoplar distintos implementos: hojas topadoras, excavadoras, martillos hidráulicos, etc.

Reglas generales interpretativas, notas explicativas y clasificación arancelaria

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

Esta partida se refiere solo a los tractores que se desplazan sobre orugas, conocidos también como tractores de cadenas. Aplica el principio de clasificación según el texto de la partida y la descripción específica de la mercancía.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

La clasificación a nivel de subpartida se realiza legalmente sobre la base del texto de las propias subpartidas y de las Notas de subpartida así como mutatis mutandis, a las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel.

Notas Explicativas

Nota Explicativa 87.01: Define y describe los tipos de tractores que se clasifican en esta partida, incluyendo características, usos y exclusiones de los "tractores de orugas".

Nota Explicativa 87.01 (B): Indica que en esta partida están los tractores de cadenas metálicas sin fin accionadas que se deslizan sobre el suelo, conocidos como tractores de orugas o tractores de cadenas.

Clasificación Arancelaria

 Sección

 Sección XVII MATERIAL DE TRANSPORTE 

Capítulo 87

Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres; sus partes y accesorios

Partida

87.01: Tractores (excepto las carretillas tractores de la partida 87.09). 

Subpartida

 8701.30.00.00: Tractores de orugas.

 Tributos Aduaneros

 Los principales tributos aduaneros que se aplican a la importación de vagones cisterna en Ecuador son:

 - Impuesto al Valor Agregado (IVA): Es el 12%

- Fondo de Desarrollo para la Infancia (FODINFA): Es el 0.5%

El importador debe considerar estos costos adicionales al valor del producto.

De acuerdo con la legislación aduanera de Ecuador, las principales prohibiciones y restricciones para la importación de vagones cisterna son:

Prohibiciones y restricciones:

Prohibiciones en la República de Corea del Norte.

Requiere documentos de control previo

 Conclusión:

En conclusión, los tractores de orugas son bienes de capital sujetos a rigurosas normas técnicas y de seguridad, por lo que su importación requiere una planificación meticulosa, el importador debe asegurarse que cumpla con todas estas prohibiciones y restricciones impuestas por la Aduana del Ecuador antes de proceder con una importación. La correcta clasificación arancelaria en las subpartidas 8701.30.00.00.

 Recomendación:

Es esencial contratar una agencia de aduanas o un despachante de confianza para gestionar permisos, licencias, inspecciones y el proceso de nacionalización ante las autoridades competentes.

Referencias

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