Se denominan Prefabricados a los elementos ensamblados entre sí, una vez que han sido manufacturados previamente en fábrica o en otro sitio cercano a la obra (moldeados, endurecidos, etc.). Las estructuras prefabricadas pueden ejecutarse en diferentes tipos de material estructural como el hormigón (armado, pretensado o postensado, acero, aluminio, madera o incluso plástico).

La clasificación más común para este tipo de mercancías tiene que ver con su peso:

Prefabricados Livianos

Son los pequeños elementos prefabricados o ligeros, de peso inferior a los 30 kg, destinados a ser colocados de forma manual por uno o dos operarios.

Prefabricados Semipesados

Su peso es inferior a los 500 kg, destinados a su puesta en obra utilizando medios mecánicos simples a base de poleas, palancas, etc.

Prefabricados Pesados

Su peso es superior a 500 kg, requiriéndose para su puesta en obra, maquinaria pesada tales como grúas.

Los prefabricados pueden ser clasificados también en función de su forma:

Bloques

Son elementos prefabricados para construcción de muros. Son auto estables sin necesitar de apoyos auxiliares para su colocación. Por ejemplo: bloques de hormigón, bloques de ladrillo hueco, etc.

Paneles

Los paneles constituyen placas cuya relación entre grosor y superficie es significativa. Por ejemplo: muros de contención, antepechos, placas de fachadas, placas de yeso, etc.

Elementos Lineales

Son piezas esbeltas, de sección transversal reducida en relación con su longitud. Por ejemplo: vigas, columnas, pilotes, etc.

 

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Reglas de clasificación

Regla general interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Regla general interpretativa 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Nota explicativa:

94.06 CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS.

Esta partida comprende las construcciones prefabricadas llamadas, a veces, construcciones industrializadas, de cualquier materia. Estas construcciones, proyectadas para los más variados usos, tales como viviendas, casetas de obra, oficinas, escuelas, almacenes, hangares, garajes, etc., se presentan generalmente en forma de:

- construcciones completas, enteramente montadas y listas para utilizarlas;

- construcciones completas, sin montar;

- construcciones incompletas, montadas o sin montar, pero presentando ya las características esenciales de una construcción prefabricada;

En el caso de construcciones que se presenten sin montar, los elementos necesarios para la edificación pueden presentarse parcialmente ensamblados (por ejemplo, paredes o cubiertas) o cortados con las dimensiones definitivas (vigas o durmientes, principalmente), o bien, en algunos casos, en longitudes indeterminadas para ajustarlos en el momento de montarlos (vigas de apoyo, materias aislantes, etc.).

Las construcciones de esta partida pueden estar equipadas o sin equipar. Sin embargo, sólo se admite el equipo fijo entregado normalmente con estas construcciones, que puede abarcar, por ejemplo, la instalación eléctrica (cables, tomas de corriente, interruptores, disyuntores, timbres, etc.), aparatos de calefacción o de climatización (calderas, radiadores, acondicionadores de aire, etc.), material sanitario (bañeras, duchas, calentadores de agua, etc.) o de cocina (fregaderos, campanas de humos, cocinas, etc.), así como los muebles empotrados o proyectados para empotrar (armarios, alacenas, etc.).

Las materias utilizadas para el montaje o el acabado de las construcciones prefabricadas (por ejemplo, clavos, pegamentos, yeso, mortero, hilos y cables eléctricos, tubos, pinturas, papel para decorar o moqueta) se clasifican con las construcciones, siempre que se presenten con ellas en cantidades apropiadas.

Las partes de construcciones, así como los objetos para equiparlas, presentados aisladamente, aunque sean reconocibles como destinados a equipar estas construcciones, están excluidos de esta partida y siguen en todos los casos su propio régimen.

Clasificación arancelaria:

Sección XX: Productos diversos

Capítulo 94: Muebles; mobiliario médico quirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas.

Partida: 94.06 CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS.

Subpartida: 9406. 90.00.90 -- Las demás.

Restricciones arancelarias y tributos

Tributo

Valor

Ad-valorem

25%

FODINFA

0,5%

IVA

12%

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Restricciones no arancelarias

No existen restricciones adicionales para la mercancía, sin embargo, se encuentra prohibido el comercio de esta desde y hacia la República Democrática de Corea.

Conclusiones:

En mercancías con cierto grado de elaboración se da lugar a malinterpretaciones o confusiones para la clasificación apropiada, tal es el caso de las construcciones prefabricadas que pueden clasificarse erróneamente en la partida 76.10 Construcciones y sus partes, por lo que la lectura de las notas explicativas como documento legal de soporte para la clasificación es fundamental.

Recomendaciones:

Se recomienda la recolección de información técnica (ficha técnica o catálogo del producto), de manera que se pueda determinar específicamente la composición del producto para dar con la posición arancelaria más apropiada (este producto tiende a una clasificación por material).

Se recomienda la lectura a fondo de las notas explicativas del Sistema Armonizado, pues la mercancía es susceptible a clasificarse de manera errónea.

 

Referencias:

Comunidad Andina. (2007), Versión única en español de las notas explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Extraído de: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Ecuapass: http://ecuapass.aduana.gob.ec/ipt_server/ipt_flex/ipt_arancel.jsp

 

 

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