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Descripción:

Elegante cobija en tono gris claro, confeccionada con lana de yak de alta calidad, perfecta para momentos acogedores. Su suavidad y agradable sensación sobre la piel, comparable a la cachemira, la convierten en una opción de lujo que no irrita. La lana de yak, es obtenida de la capa interna del ganado yak, destaca por su calidad superior y posee un poderoso efecto aislante que brinda calidez reconfortante.

Reglas Generales Interpretativas

Para clasificar la cobija de lana Yak se debe tomar en cuenta las siguientes reglas generales interpretativas:

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

De esta manera, este artículo se clasifica dentro de:

Sección XI

Materias textiles y sus manufacturas

Capítulo 51

Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

Partida 51.12

Tejidos de lana peinada o pelo fino peinado.

 

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Subpartida 5112.19.90.00

--- Los demás

 Notas de Capítulo

En la Nomenclatura se entiende por:

  1. lana, la fibra natural que recubre los ovinos;
  2. pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora («mohair»), cabra del Tíbet, cabra de Cachemira o cabras similares (excepto cabras comunes), conejo (incluido el conejo de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera;
  3. pelo ordinario, el pelo de los animales no citados anteriormente, excepto el pelo y las cerdas de cepillería (partida 05.02) y la crin (partida 05.11).

Notas Explicativas

51.12
El apartado I-C de las Consideraciones Generales de la Sección XI precisa lo que debe entenderse aquí por tejido.

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Esta partida comprende los tejidos fabricados con hilados de lana peinada o de pelo fino peinado. Estos tejidos son muy variados y comprenden principalmente tejidos para prendas de vestir, tapicería, etc. Se excluyen de esta partida:

  • Los apósitos medicinales o acondicionados para la venta al por menor (partida 30.05).
  • Los tejidos para usos técnicos de la partida 59.11.

Tributos Aduaneros

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Prohibiciones y Restricciones

  • No requiere documento de control previos.
  • No requiere ningún Reglamento INEN.

Conclusión

En conclusión, para determinar la correcta clasificación arancelaria de la cobija de Yak hay que tomar en cuenta las reglas interpretativas generales, las notas explicativas del producto y el Arancel del Ecuador siendo así este producto se clasifica en la Sección XI:  Materias textiles y sus manufacturas, capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin, en la partida 51.12: Tejidos de lana peinada o pelo fino peinado y se encuentra en la subpartida ‘’5112.19.90.00‘’ que se titula ---Los demás, ajustándose perfectamente a esa categoría una vez que se proporcionó una descripción exhaustiva del producto.

Recomendaciones:

  • Analizar minuciosamente la composición y las particularidades del producto que va hacer clasificado.
  • Para realizar la clasificación arancelaria correcta de una mercancía se debe hacer un análisis exhaustivo en la Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador junto con las Notas explicativa.
  • Tomar en cuenta las medidas arancelarias y no arancelarias del producto a la hora de importar o exportar el mismo.

Fuentes:

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado.  https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (2017)  de: https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

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