DESCRIPCIÓN COMERCIAL DEL PRODUCTO

DESCRIPCIÓN COMERCIAL DEL PRODUCTO

Nombre Comercial: Bañador de Mujer de Fibras Sintéticas

Descripción del producto: Así se denomina a la prenda que se emplea en una piscina o en la playa y que, por su tela o tejido, sirve para bañarse. Llamado malla en algunos países sudamericanos, el bañador suele cubrir solamente las zonas del cuerpo que se tapan por pudor: los genitales y, en el caso de las mujeres, los pechos.


 Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

Para determinar la clasificación arancelaria del producto es necesario la utilización de las siguiente Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura arancelaria ya que esta es aplicara siempre.

RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.

RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.


Notas Explicativas:

Partida: 61.12

Esta partida comprende:

  1. A) Las prendas de deporte (de entrenamiento) que son artículos de punto formados por dos piezas sin forrar, a veces perchados en el interior, que por su aspecto general y la naturaleza del tejido denotan que son para utilizar exclusiva o esencialmente en el marco de una actividad deportiva.

Los trajes de deporte están compuestos de dos prendas, a saber:

- Una prenda destinada a cubrir la parte superior del cuerpo hasta el nivel de la cintura o ligeramente por debajo, con mangas largas, bandas elásticas, elásticos, cierre de cremallera u otros elementos que ajusten en los puños. Se encuentran generalmente los mismos elementos para ceñir en la parte baja de la prenda. Cuando presentan una abertura parcial o completa por delante, estas prendas se cierran generalmente con una cremallera. Pueden llevar o no una capucha, un cuello y bolsillos.

- Una segunda prenda constituida por un pantalón, ajustado o amplio, con bolsillos o sin ellos, ceñido en la cintura por una banda elástica, un cordón o cualquier otro elemento para ceñirlo. No tiene abertura en la cintura y por lo tanto no lleva botones ni otro sistema de cierre. Sin embargo, estos pantalones pueden llevar bandas elásticas, elásticos, cremalleras u otros elementos de ajuste en la extremidad inferior que desciende generalmente hasta los tobillos. Puede tener trabillas para los pies.

  1. B) Monos (overoles) y conjuntos de esquí, que son prendas o conjuntos de prendas que por su aspecto general y su textura son identificables como destinadas principalmente al uso en la práctica del esquí (alpino o de fondo).

Consisten:

1) en un mono (overol) de esquí, es decir, una prenda de una sola pieza destinada a cubrir la parte superior e inferior del cuerpo; además de las mangas y el cuello, este artículo puede llevar bolsillos o trabillas;

2) o bien un conjunto de esquí, es decir, un conjunto de prendas de dos o tres piezas, presentado para la venta al por menor y compuesto:

- de una sola prenda del tipo anorak, cazadora o artículo similar, dotado de cremallera y eventualmente acompañado de un chaleco,

- de un solo pantalón, que suba incluso por encima de la cintura o de un solo pantalón con peto.

El conjunto de esquí también puede estar constituido por un mono (overol) de esquí del tipo mencionado en el párrafo 1) anterior y por una especie de chaqueta acolchada sin mangas que se lleva encima del mono (overol).

 

Todos los componentes de un conjunto de esquí deben estar confeccionados con un tejido de la misma textura, del mismo estilo y de la misma composición, del mismo color o de colores diferentes; deben ser, además, de tallas correspondientes o compatibles (véase la Nota 7 de este Capítulo).

  1. C) Trajes (incluidos los de dos piezas) y pantalones de baño, de punto, incluso de punto elástico.

Posición Arancelaria:

SECCIÓN

XI

MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

CAPITULO

61

Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto

PARTIDA

61.12

Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte (cahandales), monos (overoles) y conjuntos de esquí, y bañadores, de punto

SUBPARTIDA

6112.41.00.00

De fibras sintéticas .

 

Descripción Arancelaria:

CÓDIGO DE TRIBUTO

VALOR DEL TRIBUT0

 

FODINFA

0,5%

IVA

12%

AD ESPECIFICO

5.5%

AD VALOREM

10%

 

 

Fuente:

Arancel Nacional – Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Retrieved May 22, 2022, from https://www.aduana.gob.ec/arancel-nacional/

http://intranet.comunidadandina.org/documentos/dinformativos/sgdi860_2.pdf

Autor:

Pila Jazmin

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