Nombre Comercial: Mantas de Lana
Descripción del producto: Las mantas de lana tienen un tacto cálido y acogedor, y este sentimiento también se refleja visualmente, por eso son una gran opción como accesorios del hogar. Las mejores mantas de lana son las que están hechas de lana pura, sin mezclar otras fibras.
Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:
Para determinar la clasificación arancelaria del producto Monos (Overoles), es necesario la utilización de las siguientes Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura arancelaria ya que esta es aplicara siempre.
RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.
Notas Explicativas:
Partida: 63.01
En las partidas 63.01 a 63.07 (Subcapítulo I), los artículos de cualquier textil (tejidos, fieltro, telas sin tejer, etc.) que no estén comprendidos en partidas más específicas de la Sección XI o en otros Capítulos de la Nomenclatura. El término artículos sólo comprende aquí los productos confeccionados de acuerdo con la Nota 7 de la Sección XI (véase el apartado II de las Consideraciones Generales de la Sección XI).
Este Subcapítulo comprende igualmente los artículos confeccionados con tul, tejidos de mallas anudadas, encaje o bordados (incluidos los de encaje o de bordados, fabricados directamente con forma) de las partidas 58.04 o 58.10.
La clasificación de estos artículos no está afectada, en general, por la presencia de simples adornos o accesorios de otras materias (por ejemplo, de peletería, metal común o metal precioso, cuero, cartón o plástico).
Los artículos compuestos en los que dichas materias desempeñan un papel más importante que el de simples adornos o accesorios, se clasifican de acuerdo con las Notas correspondientes de las Secciones y de los Capítulos (Regla General 1) o, en su defecto, de acuerdo con las otras Reglas Generales.
Este Subcapítulo no comprende, principalmente.
a) Los artículos de guata de la partida 56.01.
b) Las telas sin tejer simplemente cortadas en forma cuadrada o rectangular (por ejemplo, sábanas desechables) de la partida 56.03.
c) Las redes confeccionadas de la partida 56.08.
d) Los motivos de encaje o bordados de las partidas 58.04 o 58.10.
e) Las prendas y complementos de vestir de los Capítulos 61 o 62
Posición Arancelaria:
SECCIÓN | XI | MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS |
CAPITULO | 63 | Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto |
PARTIDA | 63.01 | Mantas |
SUBPARTIDA | 6301.20.10.00 | De Lana |
Descripción Arancelaria:
CÓDIGO DE TRIBUTO | VALOR DEL TRIBUT0 |
FODINFA | 0,5 |
IVA | 12% |
AD VALOREM | 10% |
Conclusiones:
Esta partida arancelaria, para y en donde la subpartida 6301.20.10.00 tiene un AD VALOREM 10% con el correspondiente FODINFA e IVA.
Recomendaciones:
Al clasificar un producto se recomienda no solo revisar el arancel sino también leer las notas explicativas y saber clasificar con las Reglas Interpretativas para una mejor clasificación del producto.
Fuente:
Arancel Nacional – Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. Retrieved May 22, 2022, from https://www.aduana.gob.ec/arancel-nacional/
http://intranet.comunidadandina.org/documentos/dinformativos/sgdi860_2.pdf
Autor:
Pila Jazmin
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