Descripción del producto
Control de temperatura ajustable para resultados precisos. Cobertura antiadherente libre de PFOA para una fácil limpieza. Base anti resbalante para mayor seguridad y estabilidad. Luces indicadoras: comience a cocinar a la temperatura óptima con la luz de precalentamiento.
- Amplia área de cocción: 30cm
- Tipo de energía Eléctrica
- Material de acabado Polipropileno
- Modelo Máquina para Crepes
- Tipo de Producto Plancha
- Ancho Del Producto 4 cm
- Sub Tipo de Producto Comida
- Material Polipropileno/Aluminio
- Color Negro
- Tipo de conexión Alámbrico
- Sistema anti goteo No
- Depósito de agua desmontable No
- Marca Holstein
- Potencia 1000 W
- Antideslizante Si
- Profundidad Del Producto 6 cm
- Altura Del Producto 1 cm
Reglas Generales
- Regla 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:
- Notas explicativas Regla 1:
La segunda parte de la Regla prevé que la clasificación se determine: a) según el texto de las partidas y de las Notas de Sección o Capítulo |
- Regla 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Utilizamos la primera regla examinar el texto de las partidas relevantes en la nomenclatura
arancelaria, que estén relacionados con máquinas para crepes al igual de verificar las notas o capítulos que incluya productos similares a las máquinas que hacen crepes. Al revisar las secciones, las máquinas y aparatos eléctricos generalmente se encuentran en la Sección XVI, el Capítulo 85 se refiere a máquinas y aparatos eléctricos. La regla 6 establece que, a menos que el contexto indique lo contrario, la clasificación de mercancías se determina según las reglas anteriores
Al combinar la Regla 1 y la Regla 6, se promueve una interpretación más amplia y contextual
de los textos de las partidas y notas
Notas del Capítulo 85: los aparatos electrotérmicos (partida 85.16).
Se observará, especialmente en relación con los aparatos electrotérmicos, que sólo algunos de estos aparatos (hornos industriales, calentadores de agua. aparatos para la calefacción de locales, aparatos de uso doméstico, etc.) se clasifican en las partidas 85.14 y 85.16
E.- LOS DEMAS APARATOS ELECTROTERMICOS DE USO DOMESTICO
Se entenderá por aparatos electrotérmicos de uso doméstico los normalmente utilizados en los hogares. Algunos de ellos (por ejemplo, calentadores de agua, aparatos para la calefacción de locales, aparatos para secar el cabello y planchas) se han examinado anteriormente con los aparatos industriales correspondientes. Entre otros se pueden citar:
6) Los aparatos para hacer creps (crêpes).
Clasificación Arancelaria
Sección | XVI | MAQUINAS Y APARATOS, MATERIAL ELECTRICO Y SUS PARTES; APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE SONIDO, APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DE IMAGEN Y SONIDO EN TELEVISION, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS |
Capitulo | 85 | Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos |
Partida | 8516 | Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión; aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos; aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello (por ejemplo: secadores, rizadores, calientatenacillas) o para secar las manos; planchas eléctricas; los demás aparatos electrotérmicos de uso doméstico; resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45. |
Subpartida | 8516790000 | - - Los demás |
Tributos Aduaneros
AD VALOREM | 30% |
FODINFA | 0.5% |
IVA | 12% |
Restricción y prohibición
Código de Régimen | Importación a consumo |
Tipo de Restricción: | Prohibición |
Código de requisito: | no existe ningún requisito previo |
Prohibiciones: | Importación República de Corea, Popular Democrática (Corea del Norte) |
Criterio Adicional de Aplicación | NINGUNO |
Instancia para Validación de Vigencia de Restricción | FECHA DE ACEPTACION DE LA DECLARACION ADUANERA |
Descripción | Resolución 2397(2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas: Medidas dirigidas a la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte), Memorando Nro. MREMH-ONUNY-2017-1733-M, Oficio Nro. MREMH-DSNU-2018-0052-O, Memorando Nro. SENAE-DRAI-2018-0006-M,Oficio Nro. MCEI-CCOMEX-2018-0036-O |
Conclusiones
- Para realizar la importación de una Máquina para crepes no se requiere la presentación de un DCP, es decir, que el proceso de importación requiere de la documentación básica: factura, documento de transporte (AWB, BL, Carta Porte) (principalmente); y packing list, orden de compra, póliza de seguro, misma que debe ser entregada al Agente de Aduana contratado.
- La máquina para hacer crepes de la marca Holstein, al ser analizada bajo las reglas de clasificación arancelaria, se encuentra en la partida 8516, subpartida 8516790000, como "Los demás aparatos electrotérmicos de uso doméstico."
- La Máquina para Crepes está sujeta a restricciones de importación específicas, principalmente en relación con la prohibición de importación en la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte)
Recomendaciones
- Aprovechar las notas explicativas del sistema arancelario para obtener orientación detallada sobre la clasificación del producto.
- Realizar un análisis exhaustivo de la composición y funciones de la máquina para hacer crepes para garantizar una clasificación precisa.
- La descripción del producto proporciona información valiosa sobre la estructura, materiales, funciones y características específicas que son esenciales para la correcta clasificación arancelaria.
Fuentes
COMUNIDAD ANDINA. NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUERTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO.
https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
REPÚBLICA DEL ECUADOR COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR. NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR_ RESOLUCIÓN No. 020-2017. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS DEL ECUADOR (2023). CONSULTA ARANCEL. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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