Descifrando la clasificación arancelaria: Talco Ultrafino en la Industria Cosmética

Introducción

El talco a base de silicato de magnesio natural es un mineral blanco o gris verdoso que se compone de silicato de magnesio hidratado. Es ampliamente utilizado en la industria cosmética debido a sus propiedades absorbentes y suavizantes de la piel. El talco se encuentra comúnmente en productos para bebés, polvos faciales, desodorantes y otros productos de cuidado personal. El talco se utiliza como agente abrasivo, absorbente y antiaglutinante, relleno y como ingrediente protector opacificante en los cosméticos.

 

Descripción del producto

El producto denominado comercialmente "Talco Ultrafino - Silicato de Magnesio (30)", es un polvo fino de color blanco grisáceo. La empresa determina mediante análisis de laboratorio la siguiente información.

Nombre ComercialTalco Ultrafino - Silicato de Magnesio (30)
DescripciónPolvo fino de color blanco
ComposiciónTalco, silicato de magnesio natural
UsoIndustria cosmética

 

Análisis arancelario

Al tratarse de un silicato de magnesio natural, se analizará la clasificación de su partida arancelaria mediante la RGI, “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”.

En la Sección VI, el Capítulo 28 comprende los productos inorgánicos de constitución química definida según la Nota 1 del Capítulo 28 . El Producto, compuesto por silicato de magnesio, podría estar clasificado en este Capítulo; sin embargo, de acuerdo al informe de laboratorio, se trata de un compuesto natural, por lo que teniendo en cuenta la Nota 2 a) del Capítulo 28 que excluye a los productos de la Sección V, corresponde analizar si El Producto pertenece a la Sección V.

En la Sección V, la partida 25.26 comprende al talco caracterizado por ser según las Notas Explicativas de la partida 25.26, un mineral rico en silicatos de magnesio hidratado; en consecuencia, El Producto al ser un silicato de magnesio natural, es un mineral que en aplicación de la RGI 1 se clasifica en la partida 25.26.

De igual forma, para identificar la la subpartida del producto en cuestión, se aplicará la RGI 6 que detalla lo siguiente, “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.

En consideración a la RGI 6,  se clasifica El Producto a nivel de subpartida. La subpartida 2526.20 comprende a los talcos triturados y pulverizados; por lo tanto, El Producto al presentarse en polvo, se clasifica en la subpartida nacional 2526.20.00.00, en aplicación de la 1ra y 6ta Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas.


Clasificación Arancelaria

SECCIÓN V: PRODUCTOS MINERALES

CAPÍTULO 25: Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos

PARTIDA 25.26: Esteatita natural, incluso desbastada o simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares; talco.

SUBPARTIDA 2526.20.00.00: - Triturados o pulverizados


Restricciones

Ninguna


Información arancelaria

IVA: 12%

FODINFA: 0.5%

INCREMENTO ICE: 0%

ARANCEL ADVALOREM: 0%


Conclusiones

Después de realizar una revisión minuciosa de las características del producto llamado comercialmente como “Talco Ultrafino - Silicato de Magnesio (30)”, las Notas Legales de Sección y Capítulo, y Notas explicativas de Partidas y Subpartidas y con la aplicación de las Reglas de Interpretación 1° y 6° se concluye que el producto en cuestión se clasifica en la Sección V, Productos Minerales; Capítulo 25, Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos; Partida 25.26, Esteatita natural, incluso desbastada o simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares; talco; subpartida 2526.20.00.00, -Triturados o pulverizados.


Recomendaciones

La revisión detallada de las características del producto denominado "ARENA SANITARIA AGLUTINANTE" es esencial para una correcta clasificación arancelaria. Al examinar minuciosamente sus componentes y propiedades, se facilita la aplicación de las reglas generales de interpretación del Sistema Armonizado. Esta práctica asegura una clasificación precisa, evitando posibles errores y garantizando la conformidad con las normativas comerciales internacionales. 


Referencias
ALADI. (2010). REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DEL SISTEMA 

ARMONIZADO. https://www2.aladi.org/naladisa02/Reglas.pdf

CQ Concepts Inc. (2023, June 16). Retrieved December 3, 2023, from https://www.amazon.com/-/es/Fine-Talc-Silicato-de-magnesio/dp/B07BTL74Z4?th=1

Nomenclatura de designación y codificación de mercancía  del Ecuador, (2017): http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Notas Explicativas del Sistema Armonizado. (2007), https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

SENAE. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/ 

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