Descifrando la clasificación arancelaria del limpiador de aire comprimido

Introducción
La eficiencia y el mantenimiento adecuado de nuestros dispositivos electrónicos son esenciales en la era digital actual, donde la tecnología juega un papel central en nuestras vidas diarias. En este contexto, el "Data Flash Office Cleaner Power Duster" emerge como una solución innovadora para el cuidado de equipos electrónicos. Este limpiador de aire comprimido, con su potente acción y fórmula extra fuerte, se presenta como una herramienta esencial para eliminar el polvo y las partículas de suciedad que se acumulan en lugares de difícil acceso, garantizando un rendimiento óptimo y prolongando la vida útil de nuestros dispositivos.

Ya sea que te enfrentes a teclados, impresoras, o cualquier equipo electrónico, este producto ofrece una solución práctica y efectiva. En este blog, exploraremos las características clave del Data Flash Office Cleaner Power Duster y cómo su uso regular puede contribuir no solo a la limpieza de tus dispositivos, sino también a la mejora de su rendimiento y longevidad. Descubre cómo este limpiador de aire comprimido se convierte en un aliado esencial en la preservación de la salud y eficiencia de tus dispositivos electrónicos.

Descripción del producto
El producto en cuestión se trata de un gas presurizado incoloro e inodoro, presentado que de acuerdo al fabricante tiene las siguientes características.

Marca: Flash de datos
Volumen: 400 ml
Peso: 150 gr
Accesorios: Cabezal de impresión con tapa protectora, varilla rociadora de 15 cm
Composición: 65-70% butano y 30-35% de propano

Análisis arancelario
El Sistema Armonizado (SA) se rige por las Reglas Generales para la Interpretación (RGI), las cuales constituyen un enfoque sistemático para categorizar una mercancía mediante un código específico, conocido como subpartida arancelaria. En este contexto, la Regla General para la Interpretación número 1 (RGI 1) establece que “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”.

En este contexto, en la Sección VI, el Capítulo 29 abarca los productos químicos orgánicos. Dentro de la partida 29.01 se encuentran los hidrocarburos acíclicos. La Nota 1, literal a), del Capítulo 29 especifica que las partidas de esta categoría incluyen exclusivamente compuestos orgánicos con una estructura química definida presentados de forma aislada. No obstante, en esta situación particular, según la información proporcionada, el producto está compuesto por butano y propano, por lo que queda excluido del ámbito del Capítulo 29.

En la Sección V, dedicada a los productos minerales, el Capítulo 27 engloba una variedad de productos, incluyendo combustibles minerales, aceites minerales y derivados de su destilación. La partida 27.11 específicamente abarca el gas de petróleo y otros hidrocarburos gaseosos. De acuerdo con las explicaciones proporcionadas en las Notas Explicativas, la partida 27.11 engloba los hidrocarburos gaseosos. En este caso concreto, el producto en cuestión está compuesto por butano y propano, ambos clasificados como hidrocarburos, por lo que, siguiendo las pautas de la Regla General de Interpretación 1 (RGI 1), se clasifica dentro de la partida 27.11.

De la misma manera, tenemos la RGI 6 la cual establece “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.

En este contexto, se procede a categorizar el producto a nivel de subpartida. La clasificación inicial en la apertura de primer nivel 2711.(10) engloba a los hidrocarburos licuados. Dado que las indicaciones en el envase especifican que se trata de un gas licuado, el producto queda comprendido en esta categoría. La subpartida 2711.12 abarca el propano, mientras que la subpartida 2711.13 incluye los butanos. Sin embargo, no existe una subpartida específica para la clasificación de las mezclas de propano y butano.

Para poder continuar con el proceso de clasificación aduanera es necesario aplicar la RGI 2 en su literal b) que plantea lo siguiente “ Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3”.

Como se mencionó previamente, las subpartidas 2711.12 y 2711.13 describen únicamente uno de los componentes del producto en cuestión, por lo que la Regla General de Interpretación 3a no resulta aplicable. Al evaluar la composición, se observa que el producto contiene entre un 65% y un 70% de butano y entre un 30% y un 35% de propano, siendo el butano el componente predominante y el que confiere el carácter esencial al producto. De acuerdo con la Regla General de Interpretación 3b, el producto se clasifica, por lo tanto, en la subpartida 2711.13. Dado que esta subpartida no cuenta con subdivisiones adicionales, se clasifica finalmente en la subpartida 2711.130000.

Clasificación Arancelaria
SECCIÓN V: Productos minerales.
CAPÍTULO 27: Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales.
PARTIDA 27.11: Gas de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos.
SUBPARTIDA 2711.130000: - - Butanos.

Información arancelaria
ADVALOREM: 0%
FODINFA: 0.05%
IVA: 12%
ICE: 0%

Restricciones
En régimen de importación a consumo se establece lo siguiente:

Régimen de Importación: A consumo
Código de País de Origen: REPÚBLICA DE COREA, POPULAR DEMOCRÁTICA DEL NORTE
Tipo de Restricción: Prohibición

Conclusiones
En resumen, la clasificación arancelaria del "Data Flash Office Cleaner Power Duster" se ubica en la Sección V, específicamente en el Capítulo 27, que abarca combustibles minerales y productos derivados. La partida 27.11, que engloba al gas de petróleo y otros hidrocarburos gaseosos, dirige la clasificación hacia la subpartida 2711.130000, que corresponde a los butanos. 

De la misma manera, según la información arancelaria proporcionada, el producto está exento de aranceles advalorem y tiene una tasa de FODINFA del 0.05%, un IVA del 12%, y ningún gravamen de ICE. Este análisis detallado del sistema de clasificación asegura una comprensión clara de la categorización y las implicaciones arancelarias del Data Flash Office Cleaner Power Duster, brindando a los usuarios una visión completa de su posición en el ámbito del comercio internacional.

Recomendaciones
Para realizar una clasificación arancelaria precisa del "Data Flash Office Cleaner Power Duster", se recomienda revisar detenidamente la composición del producto y compararla con las descripciones y especificaciones detalladas en el Sistema Armonizado. Es importante poner especial atención a las subpartidas y notas explicativas que puedan ser relevantes para los componentes específicos, como butanos en este caso. 

Referencias

ALADI. (2010). REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DEL SISTEMA  ARMONIZADO. https://www2.aladi.org/naladisa02/Reglas.pdf

Flash de Datos. (2023). Data Flash Nettoyeur Air Comprimé 400 ml Extra fort. Amazon. https://www.amazon.fr/Data-Flash-Nettoyeur-Comprim%C3%A9-Extra/dp/B008ESW6TS

Nomenclatura de designación y codificación de mercancía  del Ecuador, (2017): http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Notas Explicativas del Sistema Armonizado. (2007), https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

SENAE. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/ 

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