DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:
Hace la función de un dispositivo ovil, se usa para sincronizar las funciones con un teléfono celular o tablet, también funciona de manera independiente, por otra parte controla actividad física y salud del usuario de acuerdo a su configuración.
Detalles de Smart watch:
- Reloj inteligente de salud
- Aptitud física con frecuencia cardíaca
- Música
- Alexa integrado
- Bluetooth
- Seguimiento de sueño
CLASIFICACIÓN DE UN “Smart watch”
Reglas Generales Interpretativas Utilizadas
Siendo así que según la Regla General Interpretativa 1: De acuerdo con la RGI 1 establece que: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.”
Se hace uso de la primera regla general interpretativa con el objetivo de encontrar la sección y el capítulo en el cual podría clasificarse el producto.
La sección y capítulo para considerar sería:
Sección: XVIII Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos.
Capítulo 91: Aparatos de relojería y sus partes
Partida a considerar:
Partida 91.02: Relojes de pulsera, bolsillo y similares (incluidos los contadores de tiempo de los mismos tipos), excepto los de la partida 91.01.
Haciendo uso de la Regla General Interpretativa 6: estableciendo que: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Tomando en cuenta que las notas explicativas de esta partida mencionan lo siguiente:
Y según las notas explicativas del capítulo 90:
“Este Capítulo comprende los aparatos de relojería, es decir, los aparatos destinados esencialmente a medir el tiempo o a efectuar una operación en función del tiempo. Comprende los aparatos horarios llamados portátiles (relojes y contadores de tiempo, de bolsillo, de muñeca y similares) o fijos (relojes de pared, de péndulo, de sobremesa, despertadores, cronómetros llamados de marina y similares, relojes para vehículos o contadores de tiempo), los aparatos de control y los aparatos de desconexión, así como en general, las partes de estos aparatos.”
Y por “Entre los aparatos de relojería eléctricos (incluso electrónicos), que se clasifican también en este Capítulo, se distinguen:
- B) Los aparatos independientes conectados a la red, con gran reserva de marcha (varias horas), también con mecanismo de relojería normal de volante y espiral en los que el muelle se tensa o el peso se levanta entonces periódicamente con un motor eléctrico (síncrono, de inducción, etc.).”
Por la nota explicativa de la partida 91.02 que dice
“Se clasifican aquí los instrumentos horarios mecánicos y los instrumentos horarios eléctricos, casi siempre electrónicos, con caja y mecanismo, de los tipos utilizados para llevar sobre la propia persona, diseñados para funcionar en cualquier posición, que indican la hora o miden intervalos de tiempo, sin tener en cuenta el espesor del mecanismo. Entre estos instrumentos, hay que citar los relojes de pulsera, de bolsillo, colgantes, relojes broche, relojes sortija, etc.”
Por lo tanto, la subpartida para analizar sería:
- Los demás:
9102.91.00.00 - - Eléctricos
Se concluye la subpartida 9102.91.00.00 - - Eléctricos
Entonces el “Smart Watch” se clasifica dentro de:
Sección XVII | Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos. |
Capítulo 91 | Aparatos de relojería y sus |
Partida 91.02
| Relojes de pulsera, bolsillo y similares (incluidos los contadores de tiempo de los mismos tipos), excepto los de la partida 91.01. |
Subpartida 9102.91.00.00 | - - Eléctricos |
Información arancelaria
TRIBUTOS ARANCELARIOS DE LA SUBPARTIDA
Arancel Ad-valorem | 30% |
Arancel Específico | 0% |
FODINFA
| 0.50% |
IVA | 12% |
ICE | 0% |
Restricciones y prohibiciones
Código país de origen | Código de Régimen | Tipo de restricción | Código de Requisito |
REPUBLICA DE COREA, POPULAR DEMOCRATICA DECOREA DEL NORTE | REEXPORTACION DE PRODUCTOS TRANSFORMADOS EN DEPOSITO INDUSTRIAL
| PROHIBICIÓN | DCP |
REPUBLICA DE COREA, POPULAR DEMOCRATICA DECOREA DEL NORTE | REEXPORTACION DE MERCANCIAS QUE FUERON IMPORTADAS A DEPOSITO COMERCIAL
| PROHIBICIÓN | DCP |
REPUBLICA DE COREA, POPULAR DEMOCRATICA DECOREA DEL NORTE | TRANSITO ADUANERO
| PROHIBICIÓN | DCP |
CONCLUSIÓN
La clasificación del smartwatch en la subpartida 9102.91.00.00 indica su categorización específica en términos arancelarios. Esta subpartida, que generalmente se refiere a los relojes con carcasa de metal, brinda claridad sobre la naturaleza electrónica y funcionalidades avanzadas del dispositivo, estableciendo las bases para la correcta gestión aduanera y regulación comercial. La designación en esta subpartida sugiere que el smartwatch es considerado más como un dispositivo electrónico que como un reloj convencional desde el punto de vista aduanero.
RECOMENDACIÓN
Al importar o comercializar smartwatches, es crucial mantenerse informado sobre las regulaciones arancelarias específicas de la subpartida 9102.91.00.00. Además, asegúrate de cumplir con los requisitos locales y normativas relacionadas con dispositivos electrónicos. Mantener una documentación clara y precisa facilitará los trámites aduaneros y garantizará una operación comercial sin contratiempos. Además, considera ofrecer información detallada sobre las funciones y características del smartwatch para ayudar a los consumidores a entender su clasificación y valor agregado.
FUENTES:
Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Obtenido de Notas explicativas: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
República del Ecuador, Comité de Comercio Exterio. (2017). RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017. Obtenido de Nomeclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador SENAE . (s.f.). Consulta del Arancel. Obtenido de SENAE : https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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