Introducción
El país realiza una serie de requisitos indispensables para la entrada de productos importados con fines comerciales y de uso personal, entre ellos, está la declaración DAI y DAS, con el fin de llevar un control y desarrollo adecuado del comercio exterior del Ecuador.
Desarrollo
Para poder desarrollar el tema debemos conocer el significado de cada abreviatura;
- DAI: Declaración Aduanera de Importación
- DAS: Declaración Aduanera Simplificada
Mediante una breve explicación, la DAI debe ser declarada por un agente de aduana o el importador y a su vez debe contar con el Bill of lading o la carta porte: master o hijas, por otro lado, la DAS debe ser declarada por un operado público de CE, u operadores privados Courier, y debe contar con una guía aérea, la misma que deberá tener el número de documento de transporte A23 y varias guías aéreas hojas F02.
Es decir, la DAI es realizada con el objetivo de declarar ante la aduana compras grandes que fueron realizas en el extranjero con fines comerciales y la DAS debe ser realizada cuando se realiza una compra en tiendas del extranjero por medio de courier y estas deben ser para uso personal, cabe recalcar que tienen provida sus comercializacion.
Conclusiones
Los tramites aduaneros deben ser cumplido a cabalidad, ya que permiten llevar un control adecuado y conocer a profundidad que es lo que se esta importando para evitar inconvenientes en el país.
Recomendaciones
Realiza tus tramites aduaneros con profesionales en la materia, esto te evitara cualquier tipo de inconveniente cuando tu mercancía este siendo transportada y cuando tu mercadería llegue al país destino.
Referencias
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (s.f.). ECUAPASS. Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-2-002-V1.pdf
Autor
María Fernanda Cruz Garrido
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