DECISIÓN 574 SOBRE CONTROL ADUANERO

DECISIÓN 574 SOBRE CONTROL ADUANERO

Según José Armando Garavito Castillo, esta decisión tiene como objetivo tener conceptos y competencias comunes a todas las aduanas, las cuales deben asumir las responsabilidades para ejercer las acciones de control aduanero con absoluta independencia.

Control aduanero es el conjunto de medidas adoptadas por la administración aduanera con el objeto de asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera o de cualesquiera otras disposiciones cuya aplicación o ejecución es de competencia o responsabilidad de las aduanas.

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El control aduanero podrá realizarse en las fases:

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El control anterior se efectuará mediante:

  1. Acciones de investigación de carácter general
  2. Acciones de investigación directa
  3. Acciones de comprobación, vigilancia y control

 

Las mercancías que lleguen o salgan del territorio aduanero comunitario deberán estar amparadas por un Manifiesto de Carga que será presentado ante la aduana por el transportista o por su representante legal, antes de la llegada o a la partida del medio de transporte.

En la importación, el control durante el despacho es el ejercido por la administración aduanera desde el momento de la admisión de la declaración hasta el momento de la autorización del levante de la mercancía.

En la exportación, el control durante el despacho es el ejercido por la administración aduanera desde el momento de la admisión de la declaración hasta el momento del embarque y salida de la mercancía y del medio de transporte del territorio aduanero.

 

CONCLUSIONES

 

  • Control aduanero son las medidas adoptadas para asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera u otras disposiciones cuya aplicación o ejecución aplique a las aduanas.
  • La Decisión 574 establece las normas que los Países Miembros de la Comunidad Andina deben aplicar para el control de las operaciones de comercio exterior.

 

RECOMENDACIONES

 

  • Las aduanas deben asumir las responsabilidades necesarias para ejercer las acciones de control aduanero con absoluta independencia.

FUENTES

 

AUTOR

Katherinne Vanessa Guerra Velez.

 

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