Título: Efectos de viajeros por vía aérea
Introducción
Cuando un viajero pasa por los controles portuarios debe tener a consideración las normas que lo afectan en el sentido de poder sacarle mayor ventaja a su equipaje .
Son artículos o ropa que porte el viajero para su uso personal, siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales, los siguientes artículos (sean nuevos o usados):
Desarrollo
Lo mencionado en el gráfico se considerará como efectos de pasajero , por lo tanto está excento de tributación , el siguiente grafico detalla más efectos que están sujetos a control
Se concluye que es indispensable , limitar y clasificar lo que se toma por efecto de viajero o no , ya que es un punto neuralgico del contravando .
Recomendaciones
se recomienda considerar que se establece como efecto de viajero unicamente
1 unidad nueva y 1 usada de los siguientes artículos portátiles: Cámaras fotográfica; Filmadora; Agenda Electrónica u ordenador personal en tableta (tablet); Equipo de posicionamiento global portátil (GPS);. Computador portátil y sus periféricos (mouse, audífonos, cámaras, teclado, y similares); Consola para video juegos (portátiles o no); Calculadora electrónica
1 unidad nueva o usada, de los siguientes bienes: Reproductor de Imagen/video o sonido portátiles; Televisor (hasta de 24”); Computador de escritorio y sus periféricos (mouse, audífonos, cámaras, teclado, scanner y similares); Prismáticos; Aparato de proyección y pantalla; Monitor de Computadora hasta 22”; Impresora; y, Teléfono o fax.
Fuente: SENAE
Autor: Jhoel Morillo
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