La declaración para el transbordo se la presentar al Director Distrital de la Aduana de arribo antes de la salida del medio de transporte en que las unidades de carga o mercancías arribaron al país.
Esto es responsabilidad de las líneas navieras, transportistas terrestres, agentes de carga, depósitos temporales; y se deberá presentar una por cada grupo de mercancías y por cada medio de transporte con destino al exterior en el que vayan a ser transbordadas.
Modalidades de Transbordo:
- Transbordo Directo:
Esto es de un medio de transporte a otro sea con descarga a tierra o no, debiendo proceder con el transbordo dentro de 2 días posteriores a la notificación de autorización.
- Transbordo con ingreso a Depósito Temporal:
Las mercancías ha ingresado a depósito temporal previo a acogerse al régimen de Transbordo, y este deberá ser realizado en un plazo de 15 días calendario luego de la notificación de autorización.
- Transbordo con Traslado:
Para aquellas mercancías que previo a su embarque necesiten ser trasladados a otra zona primaria, o a otro distrito aduanero; el plazo de transbordo es igual al anterior, sin embargo el plazo de traslado dependerá de la decisión del Director de la Zona Primaria donde se originó.
Procedimiento en el Ecuapass:
- 1. El transportista o agente de carga ingresa al portal del Ecuapass
- 2. Ingresa a “Trámites Operativos”
- 3. Ingresa a “Elaboración de e-DOCS”
- 4. Ingresa por la pestaña de “Cargas”
- 5. Clic en “Registro y Consulta de Declaración Aduanera Simplificada-Transbordo”
- 6. Se ingresan los datos de las mercancías a transbordar
- Una vez aprobada la aduana asigna el plazo de transbordo, en base al tipo del mismo.
Conclusiones:
En el comercio exterior existen barreras colmo la geografía de las naciones que podrían imposibilitar que muchos medios de transporte ingresen a sus territorios de forma directa, por lo cual se requiere de realizar transbordos de las mercancías para poder llegar a su destino.
Fuentes:
- Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Subsección VII TRANSBORDO
- Publicación SENAE-MEE-2-3-015-V1, publicado en Agosto 2013
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