INTRODUCCIÓN

Las mercancías se ordenan en forma progresiva conforme a su grado de elaboración: es decir, materias primas, productos en bruto, productos semielaborados, productos terminados. Es importante resaltar que la misma progresión existe dentro de los capítulos y de las partidas.

En principio y siguiendo un sistema progresivo desde el producto bruto hasta el elaborado, se han ordenado las partidas según su materia constitutiva y atendiendo a su grado de elaboración, respetando el orden lógico de los tres reinos de la naturaleza: Reino Animal, Reino Vegetal, Reino Mineral.

DESARROLLO

Es importante mencionar que a medida que aumenta el grado de elaboración de las mercancías va perdiendo importancia la materia constitutiva ante la función propia para la que ha sido concebido el artículo, se ha reservado una parte de la nomenclatura para productos manufacturados sin tener en consideración la materia o materias que han intervenido en su producción ya que, en numerosos casos, sería muy difícil establecer cuál es la materia constitutiva y, en otros, es precisamente la función la que caracteriza al artículo.

Clasificación según la Materia Constitutiva. La clasificación de las mercancías según la materia sigue la ordenación natural de los tres Reinos de la Naturaleza: Animal, Vegetal, Mineral, estableciendo su agrupación en dos categorías de productos: a) Productos naturales, incluso después de haber sido sometidos a manipulaciones que no les hayan desvirtuado tal carácter de producto natural. Son las secciones I (Animales), II (Vegetal) y V (Mineral), con la incorporación de la Sección III (materias grasas tanto de origen animal como vegetal). No obstante, dentro de esta Sección también se establece una separación entre grasas animales y vegetales, en tanto se pueda hacer esta distinción. b) Productos naturales después de haber sido sometidos a manipulaciones que han desvirtuado tal carácter de producto natural.

Son las Secciones VIII (pieles – animal), IX y X (maderas, papel – vegetal), y XIII, XIV y XV (piedras, abrasivos, metales – mineral), con la incorporación de la Sección XI (textiles – animales, vegetales, minerales o químicas). Como se observa, en ambas categorías se conserva siempre el orden progresivo desde el Reino Animal, Vegetal al Mineral. En la agrupación de las partidas por cada una de las materias, sigue el orden progresivo, pero atendiendo al grado de elaboración, desde lo natural o bruto hasta lo más elaborado, lo mismo si esta agrupación se ha efectuado por Secciones, como si se ha hecho por Capítulos o simplemente agrupaciones de Partidas.

Clasificación según la Función. En esta zona de clasificación  (Secciones XVI a XXI), así como en las incorporaciones que aparecen en la primera parte (Secciones IV, VI y VII, Capítulo 49 y Sección XIII), en las que no se atiende al grado de elaboración, también se ha conservado un orden en cierta forma progresivo, según las distintas categorías de los productos, comenzando por los de utilización básica y terminado por los de utilización general o comenzando por los bienes de producción y terminando por los de consumo, dando prioridad a los de primera necesidad y pasando a los que pudieran denominarse superfluos. Así, la Sección XVI está esencialmente dedicada a las maquinarias, la Sección XVII a los medios de trasporte y la Sección XVIII a los instrumentos de precisión. A continuación, las Secciones XIX, XX y XXI están dedicadas esencialmente a los bienes de consumo.

CONCLUSIONES

En conclusión y con base a lo anteriormente expuesto se pueden establecer dos categorías o zonas de clasificación en la nomenclatura: 1. Las comprendidas en los 83 primeros Capítulos, donde las mercancías están clasificadas, principalmente, según la materia constitutiva y 2. Las comprendidas en los Capítulos 84 a 99, donde las mercancías están clasificadas, principalmente según la función para la que han sido concebidas.

RECOMENDACIONES

Para que exista una correcta clasificación de una mercancía o artículo es primordial contar con amplio conocimiento e información sobre la naturaleza, clase, composición o constitución, es decir de que esta hecho el producto a clasificar, uso o funciones (para qué se utiliza), forma de presentación comercial, y a su vez tener claro cuales seria las zonas de clasificación en la nomenclatura de esta forma será más fácil identificar en que subpartida arancelaria se encuentra nuestro articulo a clasificar.

FUENTE

ALADI. (2020, diciembre). LA NOMENCLATURA Y LA CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LAS MERCANCÍAS. http://www2.aladi.org/biblioteca/Publicaciones/ALADI/Secretaria_General

AUTOR

Emilio Reyes

 

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