En informática, un teclado es un dispositivo o periférico de entrada, en parte inspirado en el teclado de las máquinas de escribir, que utiliza un sistema de puntadas o márgenes, para que actúen como palancas mecánicas o interruptores electrónicos que envían toda la información a la computadora o al teléfono móvil.
Un teclado realiza sus funciones mediante un micro controlador. Estos micro controladores tienen un programa instalado para su funcionamiento, estos mismos programas son ejecutados y realizan la exploración matricial de las teclas cuando se presiona alguna, y así determinar cuales están pulsadas.
Regla General Interpretativa
- RG1:Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).
- RG6:La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Definición Notas Explicativas
Nota de Capítulo
B.- UNIDADES PRESENTADAS AISLADAMENTE
c) No está excluido por lo dispuesto en las Notas 5 D) y 5 E) de este mismo Capítulo. De acuerdo con la Nota 5 C) de este Capítulo, los teclados, dispositivos de entrada por coordenadas x-y y las unidades de almacenamiento de datos por disco que cumplan las condiciones establecidas en los apartados b) ii) y b) iii) anteriores, se clasificarán siempre como unidades de sistemas de tratamiento o procesamiento de datos.
Posición Arancelaria
- SECCION: XVI
Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. - CAPITULO: 84
Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos - PARTIDA: 84.71
Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para tratamiento o procesamiento de estos datos, no expresados ni compredidos en otra parte. - SUBPARTIDA: 8471.60.20.00
- - Teclados, dispositivos por coordenadas x-y
Tributos
Esta mercancía paga los siguientes tributos (en el caso del advalorem, este producto es parte de la Reforma Arancelaria No. 009-2021 en la que se eliminaron los aranceles de 667 productos desde el 31 de julio de 2021):
Restricciones
Para esta mercancía solamente se presenta prohibición de importación y exportación en todos los regímenes aduaneros (28 resultados) hacia/desde la República Popular Democrática de Corea. Referente a requisitos previo de importación para lo demás países, no requiere la presentación de ningún documento.
Conclusiones
Para la clasificación de este producto es importante tomar en cuenta principalmente su uso o función y su mecanismo ya que en base a ello se lo clasifica en una u otra subpartida, tomando en cuenta los diferentes tipos de teclados que existen. Adicionalmente, su uso o destino y el segmento al que está dirigido ya que en base a ello se continuó con la clasificación.
Recomendaciones
Se recomienda conocer la mayor o toda la información posible sobre el producto a clasificar ya que de esta forma existe una mejor interpretación de las notas explicativas y en consecuencia una correcta clasificación. Adicionalmente, conocer el uso puntual por el cual se está importando dicho producto es fundamental ya que se puede determinar entre una u otra subpartida a la que corresponda el producto, así como la aplicación correcta de las respectivas reglas generales de interpretación.
Fuentes
- http://ecuapass.aduana.gob.ec/ipt_server/ipt_flex/ipt_arancel.jsp
Autor
Karen Nicole Tandazo Reyes
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