El Art. 71 del Libro IV, Titulo I, menciona cuál es el rol protagónico de este comité dentro del comercio internacional del país, este manifiesta que se entiendo por Comité de Comercio Exterior a aquel organismo que aprobará las políticas públicas nacionales en materia de política comercial, será un cuerpo colegiado de carácter intersectorial público, encargado de la regulación de todos los asuntos y procesos vinculados a esta materia.

            De igual forma, el Art. 72 establece las Competencias que se atribuyen a dicho organismo, es decir, los deberes y atribuciones de este organismo rector en materia de política comercial, en donde encontramos las siguientes:
9344541672?profile=RESIZE_710x

 Elaborado por: Lilibeth Armijos

            Como se mencionó, dentro de estas competencias, el inciso “c” deja claro que el COMEX podrá crear, modificar o suprimir las tarifas arancelarias, es por ello, que ante la creciente crisis producto de la pandemia, este organismo ha decido actuar al respecto al aprobar la propuesta de reforma arancelaria presentada por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP) para reducir aranceles de 667 partidas, mismas que deben involucrar cambios  para materias primas, insumos y bienes de capital.

            Es así que según lo que dispone el Art. 73 Resoluciones, sobre “las normas de carácter general y de cumplimiento obligatorio que apruebe el organismo rector en materia de política comercial, se adoptarán mediante Resoluciones que serán publicadas en el Registro Oficial. La forma y efectos de los demás actos que apruebe el Comité serán regulados en el Reglamento y se sujetarán a las disposiciones de este Código y a los acuerdos internacionales debidamente ratificados por Ecuador”; el Comité, mediante Resolución No. 009-2021 dio carácter formal a tales reformas. Siendo así que esta entrará en vigencia a partir del 1 de agosto del 2021, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, a excepción de las subpartidas detalladas en el Artículo 2 (el cual menciona que se debe establecer una tarifa arancelaria variable para las importaciones en CDK de vehículos, motos, cocinas eléctricas de inducción y radios para vehículos), siendo su entrada en vigencia el 1 de octubre de 2021.

            En síntesis, el Comité de Comercio Exterior, más conocido como COMEX, es un organismo clave para crear dinamismo en la economía del país en cuanto a temas de comercio internacional refiere, siendo así que, en esta época de crisis económica mundial, se necesita aún más la intervención y accionar de dicho Comité, en pro del país.

 

FUENTES:

AUTORA: LILIBETH ARMIJOS

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales