Introducción
Muchas veces cuando se desarrollan negocios de importación - exportación, no se conocen de los casos en donde los trámites se realizan mediante la plataforma virtual de ECUAPASS. Para entender este artículo, es necesario tener el contexto de cómo funciona la infraestructura de calidad. Por ejemplo, un fabricante puede garantizar que su producción está conforme con normas, reglamentos y requisitos específicos al certificarse por un organismo de evaluación de la conformidad (OEC). Así que aquí se explicará por qué y cuándo las gestiones de importación atraviesan el Servicio de Acreditación Ecuatoriano (SAE).
Desarrollo
La Ley N°. 2007-76 del Sistema Ecuatoriano de la Calidad en su artículo 31 establece que las personas naturales o jurídicas que deseen comercializar un producto en el mercado nacional deben demostrar que este es de calidad “a través del certificado de conformidad expedido por un organismo de certificación acreditado en el país, o por aquellos que se hayan emitido en relación a (sic) los acuerdos vigentes de reconocimiento mutuo con el país.”
A su vez, este organismo puede acreditarse por un organismo como el SAE a nivel nacional, el cual verifica que el OEC es competente y procede con imparcialidad y conforme a normas y reglamentos establecidos.
Si este fabricante decidiera exportar, es probable que en varios mercados internacionales no tenga necesidad de certificarse nuevamente para poder comercializar sus productos, ya que SAE es parte de varios acuerdos de reconocimiento mediante los cuales los países firmantes reconocen los certificados emitidos por los organismos de acreditación signatarios.
De esta manera, cuando un importador ingresa al sistema de Ecuapass, deberá seguir el siguiente procedimiento:
Los certificados o reportes de ensayo que se aceptan para demostrar la conformidad se determinan en los reglamentos técnicos emitidos por el INEN (RTE INEN), en su apartado denominado “Procedimiento para la evaluación de la conformidad”.
Conclusiones
Estos requisitos varían de producto a producto y no están sistematizados. Por ello, antes de empezar cualquier gestión, recomendamos a los importadores que verifiquen si el producto a comercializar posee un reglamento técnico y, de ser el caso, lo lean detenidamente para decidir cuál es la mejor opción para demostrar la conformidad.
Una buena idea es preguntarle al proveedor si el producto ha sido certificado o se ha sometido a un ensayo de laboratorio, conforme los requisitos establecidos en el reglamento.
Fuente: https://www.acreditacion.gob.ec/cuando-ciertos-importadores-deben-hacer-tramites-con-sae/
Autor: Juan Criollo
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