Se recuerda a todos los Operadores de Comercio Exterior la importancia de declarar correctamente el "País de destino final" en la Declaración Aduanera de Exportación (DAE), así como los campos “Puerto de descarga internacional” o “Puerto/País de destino final" en los documentos electrónicos Manifiesto de exportación aéreo-MEA, Manifiesto de exportación marítimo-MEM, Solicitud de corrección de manifiesto marítimo y aéreo-CME , de manera especial cuando el puerto de desembarque quede ubicado en un país distinto al de su destino final y la operación se ejecute con transporte multimodal.
A continuación se detalla la información que debe ser registrada en dichos campos:
En los documentos electrónicos MEA-MEM-CME en el campo “País/Puerto de destino final” de la pestaña “Documento de transporte” se debe registrar el mismo país detallado en el campo “B25 Código de país de destino final” y “B17 Código de puerto de llegada o de destino” de la Declaración Aduanera de Exportación (DAE); y en el campo “Puerto de descarga internacional” de la pestaña “Manifiesto de carga” y “Documento de transporte” se debe registrar el país y el puerto donde se desembarca la mercancía para continuar su traslado en otro medio de transporte.
Conclusión: Estos instructivos de correcto llenado nos ayudan a minimizar los errores que puedan suceder al momento de transmitir la declaración a través del sistema ECUAPASS. El boletín termina señalando lo siguiente:
Cabe recordar que mediante boletín 179-2013 y boletín 2-2014 se informó la obligatoriedad del campo “País de Destino Final’ en los documentos electrónicos utilizados para la transmisión del manifiesto de carga y sus documentos de transporte.
Autor: Álvaro Darío Torres Chamorro
Fuente: Boletín N. 195-2014, SENAE, 02 de julio del 2014
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