INTRODUCCIÓN:
A través de los diferentes instructivos del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador se describe en forma secuencial las tareas para agilitar el registro de la declaración aduanera de importación a través del portal externo denominado Ecuapass, éstos van dirigidos a los Importadores, Agentes de Aduana y Transportistas; de tal manera que su aplicación, cumplimiento y realización de lo descrito de manera correcta es responsabilidad directa de los mismos.
DESARROLLO:
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador comunica a todos los Operadores de Comercio Exterior que el sistema Ecuapass valida los datos del declarante de la declaración aduanera de importación (Campos: B08 - B10 - B11 - B12) transmitidos mediante Software, en relación a los ya registrados en el sistema Ecuapass.
CONCLUSIONES:
- El llenado de los datos del declarante de la DAI a través del portal ECUAPASS permite identificar inconsistencias y errores en la información ingresada en otro software de llenado.
- Al momento de la validación no se permitirá modificaciones o sustituciones de información del declarante de la DAI.
RECOMENDACIONES:
- Es importante que los Operadores de Comercio Exterior (OCEs), que usan el portal ECUAPASS para realizar la declaración aduanera respectiva a cada trámite, tengan en cuenta el llenado correcto sobre la información a ingresar, para lo cual se especifica cada casilla con el fin de reducir los errores al emitir la declaración en el sistema portal.
- Y en el caso que se utilice otro tipo de software tomar en cuenta que los datos que ingresamos en el mismo deben ser los mismos que se encuentran registrados en el portal ECUAPASS.
- Como Operadores de Comercio Exterior debemos estar al tanto de todos los boletines y notificaciones emitidos por el SENAE, con el objetivo de estar al tanto en los constantes cambios efectuados en procesos que afecten directamente a nuestras operaciones aduaneras.
FUENTE:
Boletines Aduaneros: http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?anio=2015&codigo=175
AUTORA:
Saskya Ortega
FECHA:
31/05/2015
Comentarios