Con el fin de mantener informados a todos los OCE’s la importancia de declarar correctamente el "País de destino final" en la DAE, así como los campos “Puerto de descarga internacional” o “Puerto/País de destino final" en los documentos electrónicos Manifiesto de exportación aéreo-MEA, Manifiesto de exportación marítimo-MEM, Solicitud de corrección de manifiesto marítimo y aéreo-CME , de manera especial cuando el puerto de desembarque quede ubicado en un país distinto al de su destino final y la operación se ejecute con transporte multimodal.
A continuación se detalla la información que debe ser registrada en dichos campos:
Cabe recordar que mediante boletín 179-2013 y boletín 2-2014 se informó la obligatoriedad del campo “País de Destino Final’ en los documentos electrónicos utilizados para la transmisión del manifiesto de carga y sus documentos de transporte.
RECOMENDACION
Al incluir estos tipos de cambios en ECUAPASS, y sobre todo en el llenado de documentos electrónicos. Es bueno señalar que estos cambios ayudan al proceso legal de los movimientos comerciales y sobretodo ayudan al país.
CONCLUSIÓN
Llevar a cabo este tipo de indicaciones para los OCE’s facilita el uso de la plataforma y despeja dudas existentes en el llenado de las declaraciones.
FUENTE
- Boletín 195-2014
AUTOR: RICARDO AGURTO
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