Desde hace muchos años Ecuador ha dado grandes pasos en cuanto a la industrialización manufacturera para la elaboración de productos a base de textiles, confecciones y cuero. Estos se han ido innovando junto con maquinaria importada desde otros países para que estos productos sean competitivos frente al mercado internacional, por ese motivo se han implementado medidas de control en cuanto a la importación de estos productos con el fin de promover el consumo nacional.

El Plan Nacional de Desarrollo considera a los textiles, confecciones y cuero como uno de los sectores estratégicos de la industria manufacturera nacional, por lo cual ha establecido medidas comerciales que permitan controlar las importaciones de estos productos para poder contrarrestar condiciones desleales de importaciones, contrabando y subfacturación de estos productos.  El Ministerio de Industrias y Productividad ha establecido el registro de importador de textiles y calzado para los bienes clasificados en los capítulos 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57 ,58 59, 60, 61, 62, 63, y 64 del Arancel Nacional de importaciones como un requisito de carácter obligatorio para la importación de este tipo de productos. Exceptuando de este requisito a efectos personales de viajero, menaje de casa, donaciones a favor de instituciones del Estado o del sector privado sin fines de lucro, muestras sin valor y las previstas en la ley de inmunidades, privilegios y franquicias diplomáticas, así como las importaciones originarias y provenientes de los Países de la Comunidad Andina y de Países con los que el Ecuador mantenga acuerdos

El Plan Nacional de Desarrollo considera a los textiles, confecciones y cuero como uno de los sectores estratégicos de la industria manufacturera nacional, es por ello que el Ministerio de Industrias y Productividad ha establecido el registro de importador de textiles y calzado para los bienes clasificados en los capítulos 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57 ,58 59, 60, 61, 62, 63, y 64 del Arancel Nacional de importaciones, exceptuando de este registro a ciertas condiciones establecidas por la ley.

Todos los empresarios dedicados a la importación de textiles y calzado deben cumplir con el registro para poder importar estos productos, por ello es muy importante que se cumplan con todos los trámites que exige el organismo.

Se debe presentar a tiempo la documentación exigida ya que esto nos generara mayor proactividad y eficiencia al momento de importar y colocar el productos en el mercado.

FUENTE:

http://aplicaciones.mipro.gob.ec/mushoq/frontEnd/impTextCalzado.php

Autor: Kevin Aizaga

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales