Introducción

Como antecedente se tiene que, el artículo 8 del Reglamento a la Ley de Comercio Electrónico acerca de: “Responsabilidad por el contenido de los mensajes de datos” es actualizado mediante el Decreto Ejecutivo No. 908, publicado en Registro Oficial 168, el cual establece Reformas al Reglamento General siendo este articulo uno de los reformados. A partir del 2015 se dio paso a la creación de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL) siendo este organismo el rector en materia de telecomunicaciones, reemplazando en funciones a la Supertel, Senatel y Conatel

 

Desarrollo

Dentro de la Ley De Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas Y Mensajes De Datos, se puede encontrar que se considera mensaje de datos a toda información creada, procesada, enviada y recibida por medios electrónicos, dentro de estos se encuentran los documentos electrónicos, registros electrónicos, correo electrónico entre otros.

El contenido de los mensajes de datos es responsabilidad exclusiva del propietario de la información. Es decir, cualquier tercero (proveedor) que preste servicios electrónicos relacionados con envío y recepción de datos, alojamiento en bases de datos u otros similares no son responsables del contenido que se transmita en los mensajes de datos.

 A pesar de la no existencia de responsabilidad, el órgano regulador podrá ordenar al proveedor suspender de manera inmediata el acceso a información que se declare ilegal o que atente a leyes o a la seguridad nacional, de no hacerlo el proveedor también será sancionado por la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones

 

Conclusión y Recomendación

Con los avances en la tecnología en el ámbito de aduanas, generalmente, los Operadores de Comercio Exterior se convierten en usuarios de sistemas digitales que requieren o utilizan el intercambio de mensajes de datos en medios electrónicos, debido a este se considera necesario el conocimiento de la Ley De Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas Y Mensajes De Datos para evitar incumplimientos de la misma y sanciones por mal uso de sistemas electrónicos.

Se recomienda a los OCE’s tomar en cuenta y estar actualizados en todos los temas legales acerca de los mensajes de datos y de sus contenidos, se debe recordar que el desconocimiento no exime del cumplimiento de la ley.

 

Fuente: Ley De Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas Y Mensajes De Datos

Autor: Diego Muñoz

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